España

El Congreso vota en contra de recuperar los 45 días para el despido improcedente

  • El Supremo ha avalado el pago de indemnizaciones menores para las personas con más de 60 años

Gabriel Rufián

Gabriel Rufián / Alejandro Martínez Vélez, Europa Press

El Gobierno volvió a mostrarse dividido en el Congreso en la votación de una norma que pretendía recuperar la indemnización de 45 días por año trabajado para el despido improcedente. El grupo parlamentario socialista se opuso a la moción presentada por ERC mientras que Unidas Podemos votó a favor. Como resultado, sin una posible mayoría, el Pleno de la Cámara tumbó la moción del grupo republicano con los votos en contra de PSOE, PP y Ciudadanos, entre otros grupos, que solicitaba en primera instancia la recuperación de los 45 días que fueron rebajados a 33 días en la reforma laboral del Gobierno del PP de 2012.

El Tribunal Supremo no ve discriminatorio que una empresa acuerde con sus trabajadores pactar una indemnización menor en el caso del despido de personas mayores de 60 años, condiciones que considera "razonables y proporcionadas" ya que trabajadores de esa edad están más próximos a la jubilación. En una sentencia fechada el pasado 24 de enero, la sala de lo social desestimó el recurso contra un fallo de abril de 2021 del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha, que daba la razón a Elcogás, Endesa Generación, Enel Spa, Hidroeléctrica del Cantábrico, Électricité de France Internacional e Iberdrola Generación, sobre la materia de despido.

El tribunal superior castellanomanechgo consideró que tratar de forma diferente a los empleados en función de su edad "se encuentra objetivamente justificado en la desigual situación en la que quedan unos y otros trabajadores tras la extinción de sus contratos de trabajo", argumento que apoya el Tribunal Supremo.

El Alto Tribunal destaca que el acuerdo establece para todos los afectados una indemnización superior a la prevista legalmente de 20 días por año de servicio, distinguiendo entre los menores de 60 años y los que tienen una edad superior, así como medidas de recolocación.

Para los menores de 60, se dispuso la indemnización correspondiente al despido improcedente, más una cantidad adicional de 14.500 euros cuando el salario fuera inferior a 50.000 euros brutos anuales; de 10.500 euros si era superior a esa cifra e inferior a 100.000 euros, y de 6.500 euros si no superaba los 150.000 euros. Quedaban sin indemnización sólo aquellos cuyos salarios exceden de esta última cantidad.

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