España

El Supremo avala las rebajas de pena de las Audiencias Provinciales por la ley del 'solo sí es sí'

El Supremo da la razón a las Audiencias Provinciales tras la reforma del 'solo sí es sí'

El Supremo da la razón a las Audiencias Provinciales tras la reforma del 'solo sí es sí' / Javier Lizón / Efe

El Tribunal Supremo confirma este miércoles los criterios de las Audiencias Provinciales en las revisiones de penas efectuadas tras la reforma de la ley del solo sí es sí

El Pleno de la Sala de lo Penal se ha vuelto a reunir después de no llegar este martes a ningún acuerdo para fijar doctrina sobre la ley del Ministerio de Igualdad. El TS acuerda rechazar los recursos planteados por el Fiscal, que postulaban el incremento de las penas, con la excepción de las penas accesorias de los derechos a la patria potestad, tutela y curatela.

No obstante, en uno de los recursos formulados por el fiscal, un error dosimétrico de la Audiencia ha dado lugar a la corrección de la pena, al alza, por unanimidad. Se desestiman también las peticiones de los condenados en los recursos que presentaron.

Hasta 29 recursos estudiados

De los 29 recursos analizados, 27 han sido resueltos por unanimidad del Pleno. Uno lo ha sido por mayoría pero sin anuncio de voto particular, y el otro, del que era ponente el magistrado Andrés Palomo, ha provocado el cambio de ponencia, que será asumida por el magistrado Leopoldo Puente, y que es el único asunto que contará con votos particulares.

En esta sentencia, el criterio mayoritario de rechazo del recurso del fiscal ha sido asumido por el presidente de la Sala, Manuel Marchena, y por los magistrados Julián Sánchez Melgar, Juan Ramón Berdugo, Pablo Llarena, Vicente Magro, Carmen Lamela, Eduardo de Porres, Ángel Luis Hurtado, Leopoldo Puente y Javier Hernández.  El voto particular lo suscribirán los magistrados Andrés Palomo, Ana Ferrer, Susana Polo, Andrés Martínez Arrieta y Antonio del Moral.

La Sala ha estudiado en este Pleno monográfico 29 recursos de casación (siete de la Fiscalía y 22 de  condenados por delitos sexuales) presentados contra las revisiones que han realizado las Audiencias Provinciales de sentencias de delitos sexuales que ya eran firmes cuando entró en vigor el solo sí es sí.

Recursos ya resueltos

Hasta ahora la Sala solo había resuelto recursos de casación presentados contra sentencias que no eran firmes cuando entró en vigor la ley. En concreto, había analizado 75 recursos que se habían resuelto con 28 rebajas de penas y con 47 sentencias que habían mantenido las penas que se fijaron antes de la reforma.

Los recursos analizados corresponden a revisiones de sentencias efectuadas por las Audiencias Provinciales de Madrid (ocho), Barcelona (uno), Palma de Mallorca (dos), Bilbao (uno), Soria (uno), Toledo (uno), Guadalajara (uno), Las Palmas (tres), Pontevedra (tres) A Coruña (uno), Valencia (tres), Castellón (uno), Almería (uno), y Cádiz (dos).

Las sentencias se conocerán en los próximos días, y por su interés se publicarán en una pestaña específica en la página web del Tribunal Supremo en poderjudicial.es para su consulta general.

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