La Audiencia Nacional inadmite la querella de Hazte Oír contra Zapatero por su presunta colaboración con Maduro
El juez Piña critica que la asociación no aporte "elementos probatorios más allá de informaciones periodísticas generalistas"
El juez de la Audiencia Nacional Antonio Piña ha rechazado investigar al ex presidente del Gobierno José Luis Rodríguez Zapatero por delitos de narcotráfico, blanqueo y pertenencia a organización criminal derivados de sus vínculos con el ex presidente venezolano Nicolás Maduro como pedía la asociación Hazte Oír en una querella.
En el auto en el que acuerda inadmitir a trámite la querella, el magistrado razona que los hechos esgrimidos por Hazte Oír proceden de fuentes abiertas, especialmente de informaciones periodísticas, y apunta que no han aportado indicios racionales de criminalidad que permitan abrir un procedimiento penal.
El instructor, tras analizar cada uno de los delitos que la querella atribuye a Rodríguez Zapatero, señala que no se puede confundir la creencia personal o popular con la existencia de hechos que tengan la entidad suficiente para la apertura de una causa penal.
"No se ha aportado hecho alguno que pueda relacionar al querellado con el delito de tráfico de sustancias estupefacientes o pertenencia a organización criminal y lo mismo cabe decir con la imputación de un delito de blanqueo de capitales", observa el juez.
Cuestiona además que pueda "sostenerse que la colaboración con el gobierno de Venezuela que en determinados ámbitos haya podido tener el sr. Zapatero, sea suficiente para considerar que ayudaba de forma consciente al sostenimiento de una organización criminal, pues como se expone en la querella (...) debe distinguirse entre el gobierno venezolano y la supuesta implicación de determinados miembros de este en el tráfico de drogas".
Respecto a los delitos de blanqueo de capitales denunciados, el magistrado considera que se basan en informaciones generalistas, "sin que se precise con elementos indiciarios los hechos que se afirman" y "no hay constancia de que el querellado haya percibido cantidad alguna procedente del gobierno de Venezuela".
Y en el caso de que así hubiera sido, continúa el auto, solo se podrían considerar como delictivas aquellas cantidades que hubiese percibido por su intervención en hechos ilícitos o por ser conocedor de que esas cantidades provenían de la comisión de un delito.
No cabe una investigación prospectiva sobre su patrimonio
Por tanto, "no es permisible la apertura de diligencias prospectivas destinadas a la averiguación patrimonial, sin la existencia de indicios de criminalidad".
"La transcendencia pública que tienen querellas como la presente exige la aportación de elementos probatorios que vayan más allá de las informaciones periodísticas o de las conclusiones que puedan obtenerse en base a ellas", insiste Piña.
En cuanto a los "reiterados escritos de ampliación" de la querella por parte de Hazte Oír, el juez señala que han sido inadmitidos y critica que fueran presentados después de que se conociera el informe de la Fiscalía Antidroga.
Antidroga pidió la inadmisión
La Fiscalía Antidroga remitió un informe al magistrado en el que pidió la desestimación de la querella al considerar que en la misma no se detallaba ningún indicio delictivo contra el expresidente.
En ese documento, Antidroga sostenía que los hechos recogidos en la querella "no son susceptibles de calificarse como delito de blanqueo de capitales procedentes del narcotráfico". "Además, unos están igualmente basados únicamente en informaciones periodísticas, lo que es insuficiente para incoar una investigación judicial, y otros están siendo ya investigados en otros procedimientos abiertos", aclaraba.
El Ministerio Público expuso que "en la querella ni se describen mínimamente ni se imputan auténticos hechos de apariencia delictiva", sino que recoge "conjeturas, suposiciones y/o deducciones infundadas y carentes del más mínimo sentido descriptivo ni apoyo fáctico alguno".
El único "hecho indiciario", sostuvo Antidroga, es la existencia de una acusación formal por tráfico de drogas en Estados Unidos contra Maduro "y otros altos cargos del régimen venezolano (...) entre los que no se encuentra" Zapatero.
Con esta información, el fiscal mantuvo que "no se puede deducir en modo alguno la implicación" del expresidente español "en esas actividades de tráfico de drogas".
La petición de Hazte Oír
En la querella, Hazte Oír apuntaba a la supuesta comisión de delitos de tráfico de drogas, blanqueo de capitales y pertenencia a organización criminal. La Audiencia Nacional sería competente para conocer estos hechos en tanto Zapatero, como ciudadano español, habría perpetrado los mismos "en el extranjero", añadía
La asociación pidió al tribunal como medidas cautelarísimas que retire a Zapatero su pasaporte, le prohíba salir de España y que le obligara a comparecer ante el juzgado cada siete días. Además de instar la declaración como investigado del expresidente, también solicitó que se llamase como testigos al ex ministro José Luis Ábalos, su ex asesor Koldo García y al empresario Víctor de Aldama.
Así, sostenía en la querella que "lo ocurrido en Estados Unidos no puede quedarse allí". "Si existen indicios de una organización criminal dedicada al narcotráfico y al blanqueo, y de quienes habrían facilitado su operativa y su impunidad internacional, España debe investigar hasta el final", apuntaron desde Hazte Oír.
Además, aseguró que la actuación de Zapatero "no se limitó a un papel político o diplomático, sino que habría contribuido de forma decisiva a apuntalar y facilitar la operativa internacional del régimen de Nicolás Maduro".
A juicio de la organización, "esa colaboración con la estructura criminal habría servido para reforzar su capacidad de actuación, su cobertura exterior y su continuidad, elementos que ahora deben ser investigados en sede judicial para depurar, en su caso, las responsabilidades penales correspondientes".
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