Elecciones

¿Cuáles son los plazos del voto por correo para las elecciones generales?

Una mujer solicita el voto por correo

Una mujer solicita el voto por correo / EFE

Las personas que estén interesadas en realizar el voto por correo para la elecciones generales del 23 de julio podrán solicitarlo desde ya en la web de Correos, sin necesidad de tener que acudir en persona a la oficina postal. Los que opten por esta modalidad tienen de plazo hasta el 13 de julio para solicitar el certificado de su inscripción en el censo electoral correspondiente, un requisito imprescindible para poder emitir el voto.

Con este modelo de solicitud, que evita desplazamientos, el interesado debe acreditar su identidad mediante firma electrónica. También se aceptan como sistemas de identificación los certificados de persona física reconocidos por el Ministerio de Industria y el DNI electrónico (DNI-e).

Solicitud del voto en las oficinas

Los electores pueden también solicitar el voto por correo en todas las oficinas de Correos. Lo deben hacer personalmente, salvo en caso de enfermedad o discapacidad –acreditada mediante certificación médica oficial- que le impida la formulación personal de dicha petición.

En ese caso, lo puede presentar en su nombre otra persona autorizada notarialmente o consularmente.

En el momento de formular la solicitud, los interesados deben acreditar su identidad presentando ante el empleado de la oficina postal el DNI, pasaporte o carnet de conducir originales.

Para agilizar los trámites y evitar esperas, Correos ofrece la opción de cita previa para solicitar el voto en oficinas, a través de la app, la web o la oficina virtual. Para ello, el ciudadano tan solo debe seleccionar la oficina disponible que tenga cita previa y, por último, elegir el día y la hora que más le convengan.

¿Cuándo se recibirá toda la documentación necesaria para votar?

Correos entregará las solicitudes recibidas en las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, quienes enviarán a los solicitantes, a partir del 3 de julio, la documentación necesaria para que puedan ejercer el voto por correo.

Se recuerda a las personas que soliciten el voto por correo que esa documentación la recibirán en la dirección que indiquen en la solicitud, que no tiene por qué coincidir con su domicilio habitual. El plazo de depósito del voto por correo finaliza el 19 de julio de 2023.

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