Málaga

Absuelven a los acusados en el caso FARA de apropiación de subvenciones y condenan a su presidente

  • Nueve procesados salen libres tras la anulación de las escuchas telefónicas de la Policía · El principal acusado es considerado culpable de coacciones a Isaías Pérez Saldaña

La Audiencia Provincial de Málaga ha condenado a Vicente R. A., conocido como El Querillo, principal acusado en el denominado caso FARA (Federación Andaluza de Asociaciones Romaníes), sólo por amenazas y coacciones, mientras que le absuelve del resto de delitos de los que era acusado. Además, absuelve a nueve de los procesados, y condena a Raimond H., a Valeriano G., ambos por falsedad, y a José M., también por amenazas.

La Fiscalía los acusaba por apropiación indebida, falsedad en documento, amenazas, coacciones y blanqueo de capitales y sostenía que faltaban por justificar 1,2 millones de euros de subvenciones concedidas a la Federación por organismos oficiales. El juicio comenzó con 15 acusados el 5 de mayo y quedó visto para sentencia el día 9 del pasado mes de junio con 13 procesados, tras retirar el fiscal la acusación contra Andrés A. y Luis M.

La sentencia de la Sección Segunda, de 87 folios, condena Vicente A., ex presidente de la FARA, a un total de 33 meses de cárcel como responsable de un delito de amenazas y de otro de coacciones, absolviéndole por el de apropiación indebida. El fiscal sostenía que éste amenazó a uno de los responsables del Secretariado Gitano en Madrid y ejerció coacciones contra el entonces consejero de Asuntos Sociales, Isaías Pérez Saldaña.

Asimismo, en el fallo, al que tuvo acceso Europa Press, se condena a José M. también por amenazas a la pena de 15 meses de prisión y a Raimond H. y a Valeriano G. por un delito de falsedad en documento mercantil, imponiendo el Tribunal a cada uno una pena de 18 meses de cárcel y una multa de 3.240 euros.

Por contra, se absuelve a Salvador P., a Ramón V. -según el fiscal dos de los miembros de la cúpula directiva-, a José María A., a Carlos S. y a María del Carmen L., todos acusados de apropiación indebida, los tres últimos en calidad de cooperadores necesarios, así como a Josefa P., María del Carmen R., Justo R. y María Victoria L., acusados por un delito de blanqueo de capitales.

Según se precisa en dicho fallo, "como consecuencia de la falta de pruebas derivada de la anulación de las intervenciones telefónicas", se llega a la absolución de estos acusados, ocurriendo lo mismo en el caso de otros procesados, como Vicente A., con respecto del resto de delitos de los que se les acusaba por las partes.

En mayo de 2007, la Sala aceptó la petición de anular las escuchas telefónicas realizadas por las defensas, que argumentaron que ni las solicitudes policiales ni los autos del juzgado en los que se autorizaron cumplían lo exigido por ley. Además, alegaron falta de motivación y apuntaron a que el Tribunal Supremo ya había anulado unas intervenciones que surgieron de un informe policial común con esta causa.

Por otro lado, la Sala insta a que se comunique la sentencia a los organismos que subvencionaron a la FARA, como el Gobierno central, la Junta de Andalucía, la Diputación de Málaga y varios ayuntamientos no sólo de la provincia para que "puedan adoptar o instar ante quien corresponda las medidas de aseguramiento reales a fin de asegurar la devolución de los importes no justificados".

La Fiscalía, que el año pasado se opuso a la anulación de las escuchas, sostuvo en su informe final las acusaciones para 13 de los procesados, retirando sólo la acusación contra dos. Según informaron fuentes fiscales, el fiscal encargado del caso baraja la posibilidad de presentar un recurso de casación que tendría que resolver el Tribunal Supremo.

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