Málaga

Archivada la causa contra 145 personas por venta de anabolizantes en España

  • El juez procesa a nueve personas pero estima que los demás eran consumidores

El titular del Juzgado de Instrucción número 6 de Málaga ha procesado a nueve personas y ha sobreseído la causa contra 145 a raíz de una operación contra el tráfico de drogas sintéticas, esteroides, anabolizantes y hormonas llevada a cabo en 2004 tras inspeccionar cien gimnasios en 31 provincias españolas.

En el auto, al que ha tenido acceso Efe, se explica que los acusados, la mayoría de ellos deportistas y personas relacionadas con los gimnasios, se han dedicado a adquirir para su actividad profesional determinadas sustancias anabolizantes y esteroides, y se ha constatado el consumo en deportistas "de alto nivel", fundamentalmente para "mantener su volumen muscular y forma física". Debido a ello, el juez entiende que es conveniente "depurar responsabilidades", pero el magistrado cree que debe sobreseer la causa para 145 de ellos.

Explica que, pese al consumo de sustancias, el Código Penal no establece "tipo punitivo alguno" en que la conducta de los mismos pueda ser encuadrada en "ofrecimiento, fabricación, tráfico ni alteración" del artículo 359 y siguientes que regula los delitos contra la salud pública.

El magistrado, en los fundamentos de derecho, también destaca que no puede determinar que las sustancias incautadas estuviesen deterioradas ni caducadas, por lo que tampoco se les puede acusar de tener sustancias nocivas o que causan grave daño.

En este sentido, el instructor señala que se trata de sustancias estupefacientes con utilización terapéutica para la curación de determinadas enfermedades, fundamentalmente de tipo reumatoide, por lo que "resulta claro" que no puede considerase que tales medicamentos causan grave daño a la salud, ya que tampoco se ha alterado su composición química.

Respecto al sobreseimiento de la causa para 145 personas, el magistrado recuerda que "no es el producto en sí, sino la correcta o incorrecta utilización que puede hacerse de él lo que puede resultar más o menos reprobable", y cita el ejemplo de que no resulta reprobable poseer una botella de lejía, sino "su uso incorrecto (beberla)".

Sobre las nueve personas que procesa, el juez indica que algunos de ellos tenían éxtasis líquido y otras sustancias que sí causan grave daño a la salud, y otros habían adulterado la composición original de las sustancias.

La investigación de la Policía Nacional fue llevada a cabo en dos fases con la colaboración de las jefaturas superiores de la Policía de Madrid, Cataluña, Comunidad Valenciana, Andalucía, Murcia, Galicia, Cantabria, Asturias, Aragón, Castilla y León y Extremadura.

Los detenidos supuestamente estaban involucrados en el tráfico ilegal de drogas sintéticas, esteroides, anabolizantes y hormonas, y mantenían una estrecha relación con los integrantes de una organización dedicada presuntamente al tráfico ilegal de sustancias, y cuya distribución realizaban a través de internet.

Las investigaciones policiales detectaron una supuesta red de gimnasios, tiendas de dietética y herbolarios, así como de particulares a los que servían y distribuían los entonces detenidos.

Bajo la dirección del Juzgado de Instrucción número 6 de Málaga se registraron en esta provincia cuatro gimnasios, una tienda de dietética, cinco domicilios particulares.

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