Condenan al Ayuntamiento de Fuengirola por un accidente laboral

Deberá pagar 82.469 euros a un ex trabajador que se cortó la mano con una sierra que carecía de protección

El hombre que sufrió el accidente, vendiendo cupones de la ONCE.
El hombre que sufrió el accidente, vendiendo cupones de la ONCE.
Celina Clavijo Málaga

06 de agosto 2014 - 01:00

Una sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha condenado al Ayuntamiento de Fuengirola a pagar una indemnización de 82.469,66 euros a un ex trabajador por una negligencia laboral que le supuso la "incapacidad permanente total para su profesión habitual" como carpintero.

El accidente ocurrió el 28 de abril de 2005 cuando el afectado, Nicolás Jiménez, se encontraba en el taller donde realizaba las tareas de preparación de materiales. Al lijar un listón de madera, y puesto que la máquina que para ello utilizaba disponía de un sólo motor que activaba también la sierra de disco y que carecía de protección abatible, apoyó la mano izquierda y sufrió un grave corte, lo que le obligó a pasar dos veces por el quirófano.

Han transcurrido nueve años pero todavía recuerda las numerosas ocasiones en que tanto él como otros trabajadores alertaron a sus superiores del peligro del aparato. "Advertimos de que no estaba bien y que algún día pasaría algo. No hacían caso. Era una máquina casi tercermundista; tenía 40 ó 50 años. Llevaba dos años denunciadas por la Inspección Provincial de Trabajo. No cumplía las normas ni contaba con ninguna protección", relató a este periódico Nicolás.

El hombre tuvo que ser intervenido quirúrgicamente hasta en dos ocasiones, pero las secuelas siguen siendo notorias. "El cirujano me dijo que no perdería la mano, pero me corté ocho tendones y he perdido la movilidad. Me dieron más de 100 puntos por dentro y por fuera", detalló el afectado.

Tras lo ocurrido, denunció al Ayuntamiento de Fuengirola y decidió abandonar su puesto de trabajo después de 10 años. La sentencia emitida inicialmente condenaba a Mapfre, aseguradora del Consistorio, al pago de 25.023 euros, con lo que se estimaba parcialmente el recurso presentado por la defensa de Nicolás contra la resolución anterior. Entre las alegaciones, el letrado destacó entonces que su cliente "estaba autorizado a realizar tareas como la que generó la lesión" y que el único sistema de protección existente, como ya rezaba la sentencia recurrida, "fue ideado por los propios operarios y no por la administración demandada". Así, "se compensaba la ausencia de medidas con medios artesanos e inidóneos según el parecer personal de cada usuario y sin el más mínimo control".

Tampoco había, según se desprende del escrito, "instrucciones sobre el uso de la sierra", que de haberse seguido "habrían impedido el accidente". De hecho, la sentencia judicial establecía que "era conocido entre los operarios un sistema de protección, fácilmente accesible, independientemente de que no estuviese homologado".

Posteriormente, la Sala de lo Contencioso estableció en 2013 que el Ayuntamiento tenía que indemnizar a Nicolás con 70.953,74 euros. Tras presentar el letrado lo que se conoce como solicitud de aclaración, el juez ha acordado que el hombre debe recibir 55.907,74 euros por secuelas, 15.046 euros por factor de correción, 338,28 euros por los seis días de hospitalización y 11.177,64 euros por incapacidad, lo que en conjunto suma un total de 82.469,66 euros.

El abogado del afectado, Daniel García, se mostró satisfecho con la resolución definitiva del caso, aunque lamentó "el vía crucis judicial" al que su cliente ha tenido que enfrentarse en estos nueve años, pese a que se haya quedado "constatado" que la empresa para la que trabajaba "ignoraba las medidas de higiene y seguridad".

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