Málaga

La Junta dice en su recurso a Malaya que los pagos de Roca fueron para cometer delitos

  • El Gobierno andaluz solicita que se aumente la pena a 21 de los condenados

La Junta de Andalucía reitera en su recurso presentado ante el Tribunal Supremo contra la sentencia del caso Malaya, contra la corrupción en Marbella, que los pagos de empresarios al principal acusado y presunto cerebro, Juan Antonio Roca, y de éste a los entonces concejales fueron para cometer "actos delictivos", que, además, "fueron ejecutados". Así, solicita que se aumente la pena a 21 de los condenados.

Así, el escrito de esta parte, que ha ejercido como acusación a lo largo de todo el procedimiento, se insta a estimar los motivos planteados y a que se anule la sentencia en determinados puntos, para dictarse otra, teniendo en cuenta los argumentos que expone en los 62 folios que tiene el recurso de casación presentado, al que ha tenido acceso Europa Press. En primer lugar, la administración andaluza recurre la sentencia del caso Malaya por infracción de ley por no aplicarse en la sentencia el delito de cohecho regulado en el artículo 419 del Código Penal, que es sobre acto delictivo; y condenarse por un delito de cohecho para acto injusto no realizado, imponiendo a los acusados penas de prisión e inhabilitación inferiores a las solicitadas por las acusaciones.

La representación de la Junta de Andalucía sostiene que con esta alegación se pone de manifiesto "cómo en el relato de hechos de la sentencia se afirma que los pagos tenían por objeto no sólo actos injustos sino también delictivos" y señala que el tipo delictivo del artículo 419 "exige que la finalidad de la dádiva sea una actividad delictiva pero no precisa que ésta llegue efectivamente a ejecutarse". Al respecto, considera que el planteamiento de la Sala de Málaga en cuanto que no se ha podido relacionar la dádiva con un acto administrativo concreto "es erróneo y fundamentalmente contradictorio", porque "es la propia sentencia la que identifica dichos actos". Asimismo, la Junta no comparte con el Tribunal que dictó sentencia "ni la ambigüedad de las acusaciones ni la dificultad en la identificación de los actos cometidos".

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