La Junta destina más de 270.000 euros a la conciliación de los autónomos malagueños

Incluyen incentivos tanto para permitirles la contratación de desempleados en su actividad económica, como la posibilidad de contratar para su negocio un sustituto

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Un trabajador en una imagen reciente / H.I.
R. L.

15 de junio 2021 - 15:48

La Consejería de Empleo, Formación y Trabajo Autónomo de la Junta de Andalucía ha convocado, tras su publicación en el BOJA, las primeras ayudas destinadas a facilitar la conciliación de la vida personal, familiar y laboral de los trabajadores autónomos.

Incluyen incentivos tanto para permitirles la contratación de desempleados en su actividad económica, lo que les permitiría el cuidado de sus hijos menores de tres años, como la posibilidad de contratar para su negocio un sustituto que les sustituya en períodos de descanso por nacimiento de un hijo o por riesgo durante el embarazo.

Estas ayudas forman parte de la orden reguladora de la Consejería de Empleo, aprobada en octubre del pasado año, que recoge hasta nueve líneas distintas de ayudas y que cubren un amplio abanico de posibilidades, como el teletrabajo o el cuidado de menores y de personas dependientes.

Las ayudas publicadas este martes corresponden a las líneas 4 y 5 dirigidas únicamente a los autónomos que, a partir del miércoles 16, podrán solicitarse de forma telemática rellenado los formularios disponibles en el catálogo de procedimientos y servicios de la web de la Consejería (http://lajunta.es/3czuj).

El plazo continuará abierto hasta el 30 de septiembre de 2021, salvo que, tal y como establece la convocatoria, se comunicara en una resolución el agotamiento del crédito establecido, fijado en 1,6 millones de euros, de los que 271.800 serán destinados para la provincia de Málaga.

Cuidado de menores

La línea 4 incentiva con 6.000 euros a los autónomos que contraten a desempleados durante 12 meses para que trabajen en su actividad económica o profesional mientras cuidan de menores de tres años que están a su cargo, ya sea por nacimiento o adopción.

La contratación podrá ser de cualquier modalidad, a jornada completa o tiempo parcial, pero no inferior a 20 horas semanales, y deberá suponer, además, un incremento de plantilla contratada con carácter indefinido respecto al mes natural anterior.

La cuantía de la subvención se adaptará proporcionalmente a la jornada en los casos en los que la contratación sea a tiempo parcial. Los 6.000 euros pueden elevarse hasta los 7.200 euros en los casos en los que la persona desempleada contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad superior al 33% o víctimas de violencia de género o terrorismo.

Sustitución

Por su parte, la línea 5 está dirigida a facilitar la sustitución de los autónomos en sus negocios en los supuestos de riesgo durante el embarazo y en los períodos de descanso por nacimiento de hijo, adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar.

La cuantía subvencionable es de 3.200 euros para cada contrato de interinidad a jornada completa por un período máximo de ocho meses. Para este tipo de descansos se contempla un incentivo a la contratación de 1.700 euros por un período de 16 semanas.

Para los períodos de 18 semanas la subvención será de 1.900 euros, en aquellos supuestos que contemple la Ley General de la Seguridad Social en relación con el Estatuto de los Trabajadores.

Estas cuantías se pueden incrementar en un 50 por ciento en los mismos supuestos de la línea 4 (que la persona contratada sea mujer, hombre menor de 30 años, persona con discapacidad igual o superior al 33 por ciento o víctima de violencia de género o terrorismo).

Esta convocatoria se une a los distintos incentivos que mantiene vigentes la Consejería de Empleo Formación y Trabajo Autónomo para el colectivo de los autónomos, con el objetivo de paliar la situación generada por la pandemia tanto con carácter general como para los sectores más perjudicados por las restricciones.

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