Málaga

Limasa, condenada por un accidente de moto causado por la cera de Semana Santa que había en la calzada

  • La sentencia fija una compensación económica a la víctima de 82.400 euros 

  • Como consecuencia del siniestro, tuvieron que extirparle un riñón y el bazo

Operarios de Limasa eliminan la cera dejada por las cofradías de Semana Santa.

Operarios de Limasa eliminan la cera dejada por las cofradías de Semana Santa.

La empresa Limasa III, adjudicataria del servicio de limpieza y recogida de basuras de Málaga, va a tener de indemnizar con algo más de 82.400 euros a un joven que en abril de 2014 sufrió una aparatosa caída con su ciclomotor como consecuencia de la cera que había sobre la calzada. La decisión adoptada por la Sección Segunda de la sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJA, fechada el pasado 10 de diciembre, corrige una sentencia previa que era contraria a los intereses del reclamante.

Grosso modo, da la razón a la demanda realizada por el afectado, que formuló reclamación patrimonial tras verse implicado en una caída ocurrida el 21 de abril de 2014, sobre las 14:50, mientras circulaba con su ciclomotor, a la altura del número 11 de la Avenida de la Rosaleda. "Al frenar y perder adherencia como consecuencia de la cera existente en la calzada, proveniente de las cofradías que habían procesionado por la ciudad durante la Semana Santa", se relata en el fallo judicial como causa del siniestro. Como consecuencia de ello, el motorista acabó chocando con uno de los turismos que estaba detenido en ese momento.

La gravedad del accidente fue evidente, al punto de que a la víctima, que en aquel momento tenía 36 años, le llegaron a extirpar el riñón izquierdo y el bazo, elevándose el tiempo de curación de las heridas a 515 días, de los cuales 12 fueron de ingreso hospitalario y 503 impeditivos.

En los fundamentos de derecho de la sentencia, a la que tuvo acceso este periódico, se precisa que el Ayuntamiento pidió en su oposición que el fallo original fuese ratificado, recordando que los daños sufridos por el reclamante "se habían producido durante la vigencia del contrato suscrito con Limasa III", que incluía de manera expresa la limpieza de las calzadas con un dispositivo especial para la Semana Santa.

De hecho, la sentencia apelada reconoce que era la empresa la responsable de los daños, exculpando al Consistorio. Es en este punto en el que el TSJA cuestiona que asumido que la responsabilidad era de Limasa "no sea la jurisdicción contencioso-administrativa la competente para resolver la acción". Finalmente, el alto tribunal andaluz considera que "queda acreditada la responsabilidad de la mercantil en la producción del evento dañoso".

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