Málaga

Luz verde al proyecto de la urbanización de La Térmica: 870 viviendas, un hotel y una zona comercial

Infografía del proyecto de La Térmica.

Infografía del proyecto de La Térmica. / M. H. (Málaga)

La junta de gobierno local de Málaga ha aprobado este viernes de forma definitiva el proyecto de urbanización del sector Sunc-R-LO.11 'La Térmica', promovido por Nueva Marina Real Estate, con una superficie de 115.944 metros cuadrados.

La concejala delegada del Área de Urbanismo de Málaga, Carmen Casero, en rueda de prensa junto con la portavoz del equipo de gobierno, Elisa Pérez de Siles, ha incidido en que el proyecto "va a suponer transformación del entorno de la Térmica" y "una nueva centralidad urbana" en el litoral Oeste de la ciudad.

En concreto, entre el eje de la avenida de Molière y el paseo marítimo, donde están previstos suelos para 870 viviendas (273 serán de protección oficial), comercios, oficinas, un hotel, equipamientos y zonas verdes, según el Plan Especial de Reforma Interior (PERI).

Así, el proyecto de renovación urbana define y valora las obras necesarias, tanto viarias y zonas libres públicas, como servicios de infraestructuras para llevar a cabo la zonificación que contempla el Plan General, así como garantizar el acceso rodado y peatonal y el suministro de los servicios básicos a cada una de las parcelas que integran la ordenación del sector.

El presupuesto de ejecución material estimado es de 16,3 millones de euros, aunque el de licitación (incluyendo IVA y gastos generales) asciende a 23,4 millones.

En cuanto al plazo total, éste se ha fijado en 48 meses e incluye 24 meses de obra en dos fases que estarán separadas entre sí por la demolición y traslado de la subestación eléctrica que actualmente se encuentra en una de las parcelas, así como la construcción de un aparcamiento subterráneo.

La primera de ellas está compuesta por la manzana central y la superficie a urbanizar del paseo marítimo, contemplándose dos viales que sumarán inicialmente 300 plazas de aparcamiento en superficie que, una vez liberado el espacio de la subestación se ampliarían hasta las 464 requeridas según la edificabilidad.

Por su parte, la segunda fase abarca la zona Norte y todos los viales perimetrales; es decir, la prolongación de la calle Villanueva de Algaidas, la calle Manolo Segura, el bulevar Pilar Miró, Camino de la Térmica y la avenida de Molière.

Con esta actuación se pretende generar un área de nueva centralidad en el distrito Carretera de Cádiz. En cuanto a los usos recogidos en el PERI aprobado en abril de 2023, se destinan 18.908,07 metros cuadrados para la construcción de 870 viviendas, de las que 273 serán de VPO; 2.404,95 metros cuadrados para uso hotelero; y 1.839,92 metros cuadrados para oficinas.

Asimismo, 59.524 metros cuadrados se destinarán a zonas verdes; 6.377 metros cuadrados de espacio de uso público para equipamiento, en los que se habilitará una superficie máxima construida de 19.366 metros cuadrados destinada a servicios sociales, administrativos y deportivos; y 23.366 metros cuadrados destinado a la red viaria y aparcamiento.

Por tanto, la suma de ambos espacios, 82.890 metros cuadrados, supone que el 71,49% de la superficie bruta del sector (115.944 metros cuadrados) esté reservado para espacios libres de edificación y uso público.

Por otro lado, también en materia urbanística han acordado desestimar el recurso potestativo de reposición interpuesto por Kaiju Entertainment, S.L contra el acuerdo adoptado por la Junta de Gobierno Local de 24 de noviembre de 2023 que dispuso la adjudicación a favor de Explotaciones Deportivas de Alto Rendimiento Malagueño, S.L de la concesión demanial de la parcela sita en la calle Pedro Garfias número 2-6 con destino a la construcción y explotación de un equipamiento deportivo en el distrito Puerto de la Torre.

La recurrente quedó excluida por la mesa de contratación al considerar que la oferta "no cumple con lo exigido en la cláusula VIII del pliego de condiciones respecto a la actualización anual del canon en los últimos cinco años", en la que se establecía que el licitador debía proponer, junto a su oferta inicial, un porcentaje de incremento anual del canon ofertado para la actualización de cada ejercicio del mismo durante la duración de la concesión.

La recurrente alega que la mesa de contratación debería haber solicitado aclaración respecto del contenido de su oferta económica y argumenta que fue un error de transcripción, aunque se desestima porque se ampara en una sentencia del Tribunal Supremo que establece que para subsanar la oferta es necesario que esos errores sean "aritméticos, materiales o puramente formales y de fácil remedio; es decir, que no supongan una modificación de la oferta de licitación".

Por tanto, concluye que "no procede la subsanación que argumenta, la cual implica una alteración evidente de la oferta cuya admisión iría contra los principios elementales de no discriminación, igualdad de trato y transparencia".

 En base a este argumento, también se desestima la solicitud de Kaiju Entertainment de suspender de forma cautelar la ejecución de la resolución de adjudicación impugnada al concluirse no sólo que la recurrente no ha acreditado los perjuicios de imposible o difícil reparación que se ocasionarían, sino que, además, la concesión demanial conlleva la ejecución de obras para un equipamiento público deportivo que dará satisfacción a la demanda deportiva del entorno.

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