Prisión por abusar de una menor en una playa nudista en Benalmádena

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía confirma la condena de dos años de cárcel y fija una indemnización de 18.000 euros a la víctima

Entrada principal de la Ciudad de la Justicia de Málaga.
Entrada principal de la Ciudad de la Justicia de Málaga. / Javier Albiñana
Efe

Málaga, 26 de diciembre 2020 - 13:03

Un hombre ha sido condenado a dos años de prisión por abusos sexuales a una menor en julio de 2010 en una playa nudista en la localidad malagueña de Benalmádena, tras ofrecerle unas gafas de bucear e invitar a la menor y su tía a comer.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ha desestimado el recurso presentado por el acusado y ha confirmado la sentencia dictada en primera instancia por la Sección Novena de la Audiencia Provincial de Málaga.

En la sentencia, también se prohíbe al acusado comunicar o acercarse a una distancia inferior a 500 metros en cualquier lugar donde la pequeña se encuentre, así como a su domicilio o a cualquier otro que sea frecuentado por la misma durante cinco años.

Además se le impone la medida de libertad vigilada durante cinco años e indemnizar a la víctima con 18.000 euros.

Los hechos se remontan al 3 de julio de 2010 cuando el acusado, que se encontraba en la playa nudista de Benalmádena, entabló conversación con la tía de la pequeña y tras ganarse la confianza le prestó unas gafas de bucear y las invitó a comer.

El acusado aprovechando que había ido sola al servicio la esperó en la puerta y movido "por un ánimo de satisfacer sus deseos sexuales" le dijo que la iba a llevar a una charca próxima a ver unas ranas.

Tras llevarla a una zona rocosa y oculta a la gente, la agredió sexualmente y como consecuencia de los hechos la pequeña pasa malas noches porque piensa que la persigue un hombre.

Se desestima el recurso de la defensa alegando que "no es imaginable que la menor decidiera sin más inventar la escena que describe y que se haya mantenido en ella durante todo el tiempo transcurrido", señala la sentencia del TSJA y apunta que "la defensa pone el acento en leves matices que no enturbian en modo alguno la credibilidad de la niña cuando relata lo sucedido".

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