Málaga

El SAS deberá pagar una indemnización de 153.000 euros por un diagnóstico tardío

  • El Área de la Serranía de Ronda demoró en diagnosticar un cáncer a una mujer que falleció La cuantía a abonar debe incluso actualizarse

El Servicio Andaluz de Salud (SAS) deberá indemnizar a una familia con 152.921,51 euros por el fallecimiento de su esposa y madre por demorar en un diagnóstico de una mujer que murió. Según el Consejo Consultivo de Andalucía, que estima de forma parcial la reclamación del viudo y de los hijos de la fallecida, incluso esa cuantía debe actualizarse. El órgano andaluz destaca el dictamen del facultativo del Servicio de Aseguramiento y Riego que señala que "es cierto que la asistencia sanitaria pudo ser mejorable" y también que "puede establecerse la existencia de una relación de causalidad entre las asistencias sanitarias cuestionadas con el resultado final que se reclama".

A la mujer le diagnosticaron un cáncer en marzo de 2013 (gran neoplasia renal derecha con trombosis). El cuadro de anemia de la paciente "causado por estas dolencias se venía manifestando desde mucho tiempo atrás sin que llegara a establecerse la causa de dicho cuadro en el Área de Gestión Sanitaria Serranía de Ronda". Según el Consejo, los informes médicos, especialmente el de la Unidad de Oncología del Clínico "demuestran plenamente que la dolencia de la señora F.L.V. se diagnosticó y trató tardíamente". El órgano consultivo insiste en que "los informes del SAS admiten un retraso en el diagnóstico de la enfermedad y podemos afirmar la existencia de relación causal entre la prestación del servicio público sanitario y el daño alegado".

En este sentido, abunda en que "la propia Administración reclamada reconoce que la vinculación entre la prestación sanitaria recibida y el daño -es decir, el nexo causal entre uno y otro- resulta de los informes recabados en la fase de instrucción. Por ello, apunta que corresponde una indemnización que desglosa en 114.691,14 euros para el cónyuge viudo de la fallecida, 9.557,59 euros para cada una de las hijas mayores de 25 años y 19.115,19 para el hijo menor de esa edad.

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