Sancionan a cinco empresas de alquiler de grúas por pactar precios

El Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía considera probado que han desarrollado una actuación prohibida entre competidores

Efe

14 de junio 2011 - 12:03

El Consejo de Defensa de la Competencia de Andalucía ha sancionado con multas que suman 119.560 euros a cinco empresas del sector de arrendamiento de grúas móviles de Málaga por llevar a cabo una "práctica anticompetitiva" de fijación de precios entre los años 2006 y 2009.

En su resolución, el Consejo considera probado que esas empresas han desarrollado una actuación prohibida entre competidores, que consiste en establecer tarifas iguales para la prestación de un amplio catálogo de servicios relativos a su actividad de alquiler de grúas y camiones grúas, si bien la participación de las compañías ha diferido durante el mencionado periodo.

Esta práctica supone que los operadores no han actuado de forma independiente en el mercado, sino que han coordinado su comportamiento fijando tarifas idénticas, una conducta que distorsiona la competencia, según ha informado el Consejo en un comunicado.

Las empresas sancionadas son Grúas Cabeza Málaga y su filial Grúas Cabeza Marbella (89.815 euros de multa), Grúas y Transportes Raimundo Rodríguez, SA (24.166 euros), Rocesan (3.485) y Grúas Málaga Elevaciones, SL (2.094).

El conjunto de las empresas imputadas tenían una cuota del 36,56 por ciento del mercado de la provincia de Málaga, según consta en la resolución del expediente sancionador iniciado por el departamento de Investigación de la Agencia de Defensa de la Competencia.

La resolución, que contiene un cuadro con las tarifas vigentes entre los años 2006 y 2009 de cada una de las empresas, señala que el comportamiento observado sólo se puede explicar "sobre la base de la existencia de una práctica concertada o conscientemente paralela entre las empresas imputadas".

Añade que las coincidencias tarifarias son "tan intensas que incluso llegan a producirse hasta en los céntimos de euro", circunstancia que resulta "bastante llamativa y, como tal, parece descartar que la misma sea fruto de la casualidad o de una reacción normal del mercado".

También se alude en el expediente a las características empresariales y estructuras de costes "muy dispares entre sí" que presentan las empresas para incidir en la dificultad de que el comportamiento pudiera haberse producido sin un concierto previo entre las compañías interesadas.

stats