Málaga

El Supremo avala la ejecución de 285 casas junto a Pinares de San Antón

  • Los vecinos del entorno pedían anular lo fijado por el PGOU para el sector Lagarillo

Vista aérea de Pinares de San Antón y de los suelos anexos de Lagarillo.

Vista aérea de Pinares de San Antón y de los suelos anexos de Lagarillo. / javier albiñana

La ordenación urbanística que dibuja y autoriza la construcción de 285 viviendas (el máximo permitido es de 314) en un sector localizado en las cercanías de Pinares de San Antón sigue adelante. Lo hace después de que el Tribunal Supremo haya rechazado la petición de un colectivo vecinal de la zona que desde hace más de un año venía reclamando la anulación de un desarrollo inmobiliario dibujado en el Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) alegando la necesidad de que el mismo asumiese la ejecución de unas infraestructuras viarias de acceso no contempladas.

Los reclamantes no solo demandaron en vía judicial que se impusiera en el marco del planeamiento la inclusión de unos accesos para la futura urbanización en Lagarillo, nombre del sector afectado, independientes al de Pinares de San Antón, sino también que la tipología residencial que se permitiese fuese la de vivienda unifamiliar aislada, con una densidad determinada.

Sin embargo, y a pesar de que el Supremo, ahora, y anteriormente el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), vienen a asumir que el incremento poblacional derivado de este nuevo núcleo residencial puede provocar "serios problemas de tráfico con un impacto negativo" sobre el único acceso contemplado, el de la Avenida de San Isidro, se deniega la reclamación vecinal.

Sobre ello, cabe recordar que la sala de lo Contencioso-Administrativo del alto tribunal andaluz, en una sentencia previa, de febrero de 2016, ya consideró que esta demanda "únicamente podría aducirse en un momento posterior al planeamiento y no en la fase de impugnación del Plan General". Tesis que finalmente recibe el respaldo del Supremo, en el recurso de casación. El mismo fue planteado por la Junta de Andalucía, afectada por cuanto lo que solicitaban los vecinos del entorno es la anulación de la orden mediante la que la Consejería de Ordenación del Territorio dio luz verde definitiva al PGOU de Málaga capital.

El plan parcial de este sector, con una superficie de casi 366.000 metros cuadrados, fija la previsión de desarrollar 285 viviendas, cifra inferior al tope que autoriza el PGOU; 44.398,47 metros de espacios libres; un equipamiento escolar con un techo de 6.033 metros cuadrados y un equipamiento deportivo de 2.188 metros cuadrados.

Pero junto a la petición rechazada sobre el suelo de Lagarillo, los demandantes plantearon la revisión completa de la calificación urbanística que se otorgaba en el planeamiento a un solar de 17.424 metros cuadrados localizado en la calle Halespensis, dentro de Pinares de San Antón, y anejo al suelo del polémico Centro Hispano Ruso. Se da la circunstancia de que el nuevo PGOU pasó a considerar ese terreno como urbanizable no consolidado, autorizando la construcción de diez viviendas.

Los vecinos rechazan esta previsión y reclamaron ante el TSJA la anulación de la misma, solicitando incluso que el suelo fuese considerado, conforme al Potaum, como de "especial protección". Tras un primer fallo favorable a la petición, recurrido por la Junta, ahora se suma el segundo y definitivo del Supremo, que confirma la declaración como "disconforme a derecho de la clasificación y calificación como Suelo No Consolidado" de los citados terrenos. Asumiendo los argumentos de los demandantes, se incide en las enormes pendientes que presenta el suelo, que oscilan entre el 38,58% y el 52,07%, cuando el Potaum "prohíbe que puedan ser incluidos como edificables nuevos sectores con pendientes superiores al 35%", a lo que se suma que se trata de un espacio sometido "a fuertes erosiones y desprendimientos naturales".

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