Málaga

El Supremo eleva de 11 a 17 años la condena a Roca

El Tribunal Supremo dio ayer el carpetazo definitivo al caso Malaya con una reducción a 48 del número de condenados y un incremento en seis años de la pena de cárcel impuesta por la Audiencia Provincial de Málaga al cerebro de la corrupción política urbanística de Marbella. El Alto Tribunal le impone a Juan Antonio Roca una pena de 17 años de prisión y una multa de 232 millones de euros por los delitos de cohecho, blanqueo, de capitales, fraude y contra la hacienda pública. La sentencia emitida en primera instancia por la Sala de Málaga fue calificada en su día de histórica, por aceptar las pruebas y postulados fundamentales de la Fiscalía Anticorrupción, pero también por un importante grado de benevolencia con los empresarios acusados de pagar sobornos para obtener favores urbanísticos. Se esperaba, sobre todo por parte del Ministerio Público un incremento de las penas de cárcel para los condenados, como solicitó de forma argumentada ante el Alto Tribunal, lo que finalmente no ha llegado producirse en su totalidad, una vez que ayer se hizo pública la sentencia firme del Supremo. En sus 3.138 folios se revisan el medio centenar de recursos contra el dictamen emitido por la Audiencia Provincial en octubre de 2013, a la vez que se ratifican la mayoría.

La Sala de lo Penal del Supremo ha impuesto 139 años de prisión y multas por importe de más de 544 millones de euros a los 48 condenados en firme, al tiempo que ha absuelto a cuatro de los procesados declarados culpables por la Audiencia Provincial, que se suman a los 32 procesados que ya resultaron absueltos en primera instancia y otros nueve sobre los que Anticorrupción retiró los cargos en junio de 2012.

Estimando parte del recurso interpuesto por la Fiscalía Anticorrupción, el Alto Tribunal ha aumentado en 6 años la pena de cárcel impuesta al "jefe de la organización". Roca, en prisión desde hace 9 años, ha pasado de tener que cumplir 11 años en la cárcel a una condena de 17 años, al aumentarle las penas por los delitos de cohecho y blanqueo de capitales y declararlo culpable por un delito fiscal no prescrito correspondiente a 2002; por el que también se considera culpable a otros dos condenados -Pedro Román Zurdo y Juan German Hoffmann Depken-.

El mismo fundamento esgrimido para incrementar la pena por delito de cohecho al cerebro de Malaya se utiliza para los concejales del equipo de gobierno también condenados y para la que fuera alcaldesa del municipio marbellí. La Sala de lo Penal les incrementa a cada uno de ellos la pena inicial de 2 años de cárcel hasta los 3 años y medio de prisión. En la sentencia los magistrados del Supremo señalan "la trama delictiva" en la que se entregaba "una pluralidad de dádivas a los concejales y funcionarios a lo largo de un dilatado periodo de tiempo" dando lugar a un delito que vincula la actuación favorable del funcionario no a un acto concreto. A pesar del incremento de la pena de prisión por el delito de cohecho, el resultado final tanto para Yagüe y García Marcos, ha sido de una reducción de seis meses de cárcel para cada una ellas. El Supremo ha estimando los recursos impuestos por sus defensas en cuanto al delito de alteración de precio en concurso o subasta pública por el que habían sido condenadas en primera instancia.

Entre los promotores-constructores José Ávila Rojas ha sido el menos beneficiado por el Supremo, ya que apenas ha conseguido una rebaja de dos meses de cárcel y además tendrá que abonar 4,5 millones de euros más de multa. Más favorecidos han resultado los tres directivos de Aifos, Jesús Ruiz, Jenaro Briales y Francisco García Lebrón, que han visto reducida su condena de tres años de prisión a otra de un año y diez meses cada uno, aunque el Supremo sí ha mantenido la multa que le impusieron en Málaga: 2,2 millones de euros cada uno.

Los 1,3 millones de euros que la Audiencia de Málaga contempló como indemnización para las arcas del Ayuntamiento marbellí han quedado sin efecto e irán a parar el Estado. El Tribunal malagueño estableció en su día esta suma para resarcir el daño ocasionado en la operación Vente Vacío. Se trataba de un suelo rústico que Roca vendió a dos empresarios muy próximos (Carlos Sánchez y Andrés Liétor) por 30.000 euros. El Ayuntamiento la permutó tiempo después por dos solares en la Milla de Oro. Esas parcelas, a su vez, fueron compradas por Roca e inmediatamente vendidas por 3,3 millones. El Supremo corrige ahora a la Audiencia y , de hecho, deja sin efecto "toda referencia de la sentencia de instancia a que se destinen los bienes decomisados e importe de las multas satisfechas a abonar las deudas generadas con el Ayuntamiento de Marbella".

El Alto Tribunal sí que decreta la nulidad de intervenciones telefónicas a Roca, Ismael Pérez y Victoriano Rodríguez. Declara que existieron "irregularidades y defectos", a los que el cerebro de la trama se refiere en su recurso de casación, aunque lo que no estima es la nulidad de actuaciones solicitada.

Por otra parte, la Sala de lo Penal elimina en el delito de blanqueo de capitales la continuidad delictiva, lo que también ha hecho variar la pena de otros tantos condenados. Para el ex alcalde de Marbella Julián Muñoz, que no había presentado recurso alguno, la pena impuesta en primera instancia se mantiene.

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