Málaga

El Tribunal Supremo 'salva' el honor de un profesor del colegio Los Prados

  • El Alto Tribunal le da la razón en una demanda interpuesta contra El Jueves, que publicó una foto manipulada del educador escribiendo en una pizarra y cometiendo faltas de ortografía

Interior de una de las aulas del colegio Los Prados.

Interior de una de las aulas del colegio Los Prados. / M. H.

Un profesor de Málaga acaba de recibir el favor del Tribunal Supremo en una demanda formulada hace varios años contra la revista El Jueves por vulneración del derecho al honor. El motivo de la acción judicial fue que aparecía en una fotografía, claramente alterada, utilizada por la publicación para ilustrar un artículo crítico, titulado, Informe PISA: los alumnos españoles son los primeros del mundo en mediocridad.

En la instantánea, que fue recogida por la revista de otro medio, se reconoce al educador en el interior del aula del instituto en el que impartía clases en ese momento, el CEIP Los Prados, mientras escribía en la pizarra. La manipulación estriba en que reproduce con evidentes faltas de ortografía la palabra Bienvenid@s, que se lee como Bienbenid@s. En su fallo, fechado el pasado 29 de mayo, el Alto Tribunal respalda la posición adoptada por la Sección 4ª de la Audiencia Provincial de Málaga, que corrigió la decisión del Juzgado de Primera Instancia número 13 de desestimar inicialmente la denuncia.

Y con ello, asume la condena a los demandados "a retirar de sus perfiles de Facebook y Twitter la fotografía" objeto del litigio, publicada en la edición on line de la revista; así como a la publicación del fallo en su web y sus perfiles en ambas redes sociales, así como por WhatsApp, bajo el titular Rectificación de la información inveraz publicada el 7 de diciembre de 2016. Finalmente, se le condenaba "solidariamente" a abonar al demandante 5.000 euros (lejos de los 40.000 euros inicialmente reclamados), "como indemnización de los daños y perjuicios causados, más los intereses legales de la misma".

En los fundamentos de derecho, el Supremo apunta que si bien la fotografía fue captada de un diario digital, "cuya fotografía puede ser contemplada por cualquier usuario de la red", ello "no significa que no quepa apreciar una intromisión ilegítima en los derechos a la propia imagen, pues las circunstancias concurrentes así lo justifican".

El Supremo cuestiona la difusión de una imagen "manipulada ad hoc para ilustrar una información crítica, en tono de sorna, sobre nuestro sistema educativo"

En este sentido, llama la atención sobre el hecho de que el artículo objeto de la queja "no se limita a difundir la imagen del actor obtenida sin su consentimiento de otro medio de comunicación social, sino que se difunde la misma a través de una fotografía manipulada ad hoc para ilustrar una información crítica, en tono de sorna, sobre nuestro sistema educativo".

Incide en que la misma "incorpora unos elementos peyorativos ridiculizantes del actor, que no es persona pública, directamente conectados con su actividad profesional, ya que, en la pizarra del aula, en la que está impartiendo docencia, se alteró la palabra Bienvenid@s, por otra con una ostensible falta de fotografía escrita como Bienbenid@s que, en el contexto expuesto, se deduce sin mucha dificultad que procede o tolera el demandante".

"No consideramos en este caso que el derecho a la imagen del demandante deba sacrificarse en atención a que resulte necesario para asegurar una información libre en una sociedad democrática (…) sino que la difusión de su imagen resultaba gratuita, siendo susceptible de sustitución por otra clase de fotografía o evitando su patente identificación", añade el Supremo en su sentencia, en la que también condena a costas a los demandados.

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