Dos adolescentes, condenados por homicidio
Un menor deberá estar 4 años en un centro cerrado y el segundo 2 años, antes de pasar a régimen semiabierto
El Juzgado de Menores número 2 de Málaga ha condenado a dos adolescentes por el crimen ocurrido el 12 de marzo de 2011 en la plaza Murillo Carreras de Málaga que le costó la vida a un hombre que había tenido la noche anterior un encontronazo en una discoteca con sus agresores.
El homicidio tuvo lugar después de que la víctima se viera rodeada por estos dos menores y varios adultos. Los agresores llevaban cuchillos de grandes dimensiones y tras golpearlo, uno de ellos le propinó un navajazo a la altura del abdomen que le causó la muerte.
En la sentencia se condena a uno de ellos a cuatro años de internamiento en centro en régimen cerrado, seguido de dos años de internamiento en semiabierto y dos años más de libertad vigilada. Este menor presenta pérdida de visión total de un ojo por un disparo en un atraco y tiene problemas de consumo de tóxico. El estudio psicológico resalta que tiene escasa empatía con predominio de sus intereses particulares y sin una conciencia clara del delito.
El segundo menor, que tenía 15 años cuando sucedió el crimen, ha sido condenado a dos años de internamiento en centro de régimen cerrado, seguido de 18 meses de internamiento en régimen semiabierto y dos años de libertad vigilada. La sentencia precisa que este adolescente pertenece a un grupo familiar reconstituido cuya dinámica es excesivamente protectora y carente de normas con historia de fracaso escolar por una formación de base deficitaria y con continuas expulsiones.
Además, en los fundamentos jurídicos se resalta la alta influencia que ejerce sobre él su hermano mayor, también implicado en los hechos. En la sentencia también se les condena a los menores a indemnizar a los tres hijos del fallecido, dos de ellos menores de edad, y a su madre. Además, destaca que los menores cuando ocurrió el crimen conocían las intenciones agresivas de sus compañeros y que algunos incluso llevaban armas por lo que son autores de los hechos, y no cómplices.
La sentencia ha sido recurrida por la acusación particular y las defensas. El abogado de la familia de la víctima entiende que los hechos son constitutivos de un delito de asesinato y no de homicidio, mientras que las defensas defienden la inocencia de ambos menores.
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