Málaga

Los arquitectos llevan a los tribunales al Ayuntamiento de Málaga por una licencia

  • Entiende que el plan para recuperar la Alcubilla no ha sido redactado por un técnico competente

El decano del Colegio de Arquitectos, Francisco Sarabia, en una imagen de archivo.

El decano del Colegio de Arquitectos, Francisco Sarabia, en una imagen de archivo. / Javier Albiñana

El Colegio Oficial de Arquitectos lleva de nuevo al Ayuntamiento de Málaga a los tribunales. El colectivo profesional ha presentado un recurso contencioso administrativo solicitando la anulación de la concesión de la licencia de obras al Instituto Municipal de la Vivienda (IMV) para reparar la Alcubilla Principal del Acueducto de San Telmo, situada en la confluencia de las calles Postigos y Capuchinos.

La institución colegial defiende que los edificios catalogados, y sobre todo los Bienes de Interés Cultural (BIC), “deben ser tratados con el máximo interés, y para intervenir en ellos se debe exigir la máxima cualificación profesional, de acuerdo con nuestra normativa”. En este sentido, los arquitectos señalan que la Alcubilla Principal del Acueducto de San Telmo está inscrita en el Catálogo General del Patrimonio Histórico Andaluz como BIC, con la tipología de Sitio Histórico, y además está incluida en el Catálogo de Protección Arqueológica del Plan General de Ordenación Urbanística de Málaga.

Asimismo, explica en su recurso que la licencia que se impugna está otorgada a una “propuesta técnica”, término no reconocido en la normativa, y no a un proyecto. Dicha propuesta no ha sido redactada por un técnico competente, ya que la suscribió un arquitecto técnico “cuando debió redactarse por un arquitecto”.

El colectivo sostiene que la propuesta tiene ser elaborada por un arquitecto

La entidad explica que la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE) dispone que requieren de un proyecto las obras que tengan el carácter de intervención total en edificaciones catalogadas y aquellas otras intervenciones de carácter parcial que afecten a los elementos o partes objeto de protección. La LOE, agregan, también determina el técnico legalmente habilitado para la redacción de este tipo de proyectos, “cuya titulación académica y profesional habilitante será la de arquitecto”.

Por último, el Colegio señala que la ausencia del informe jurídico previo a la resolución de concesión de la licencia municipal infringe lo recogido en el artículo 172.4a de la Ley de Ordenación Urbanística de Andalucía (LOUA) y en el artículo 16.1 del Reglamento de Disciplina Urbanística de la Comunidad Autónoma de Andalucía (RDUA) que obliga a los servicios municipales a que emitan “los correspondientes informes técnico y jurídico previos a la propuesta de resolución”.

La oposición del Colegio de Arquitectos a la intervención de técnicos no cualificados legalmente se plantea como una defensa del patrimonio histórico y es continuación de otras demandas recientes en relación a las intervenciones en la Iglesias de San Pedro y de Santiago que se desestimaron por defecto de forma. Cabe recordar que ya en abril de 2018 recurrió en el contencioso administrativo la licitación impulsada por el Ayuntamiento de la para la revisión del catálogo de edificios, asunto bloqueado desde aquel momento.

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