Dos años de cárcel para un promotor que se quedó con dinero de una casa que no hizo
La condena, que no es firme, lo inhabilita para ejercer profesiones relacionadas con el mundo inmobiliario durante el mismo periodo
Con la intención de adquirir un piso en el que establecer su vivienda habitual, un hombre entregó en el año 2011 varias cantidades a un promotor a cuenta de una futura construcción. El bloque no se llegó a edificar, ya que el empresario no llegó si quiera a comprar los terrenos sobre los que debía alzarse el edificio. Pero tampoco le devolvió al comprador el dinero entregado. La consecuencia la acaba de dictar el Tribunal de la Sección Octava de la Audiencia Provincial, que ha condenado al promotor a dos años de prisión por un delito de apropiación indebida. La Sala le imponen en la sentencia -aún no es firme, cabe recurso de reposición- "inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión de promotor inmobiliario y para la administración de empresas inmobiliarias durante el tiempo de duración de la condena". Además el empresario tendrá que indemnizar al comprador con más de 7.000 euros, cantidad total entregada, más los intereses generados.
La Sala considera probado que en diciembre de 2011 "con la intención de adquirir una vivienda en la que constituir su domicilio habitual" el demandante firmó un contrato de adhesión a una comunidad de construcción en una parcela sobre la que el promotor "tenía una opción de compra". Hasta ese momento el que iba a ser el futuro propietario ya había entregado 3.000 euros y continuó haciendo varios pagos más de algo más de 300 euros mensuales en concepto de entrega a cuenta de la vivienda -con un valor total de 93.814 euros-. El demandante dejó de pagar "al comprobar que ni las obras estaban iniciadas, ni el solar estaba a nombre del acusado ni existía garantía alguna sobre las cantidades entregadas a cuenta para la adquisición de la vivienda", consta en la sentencia.
El promotor reconoció durante el juicio que no ejerció la opción de compra que tenía sobre el solar en el que se debían construir las viviendas, de la misma manera que no aseguró ni avaló las cantidades que le entregó el comprado. En los cuatro años que han transcurrido desde entonces tampoco ha abonado las cantidades entregadas "porque se quedó sin liquidez", según declaró. El Tribunal ha tenido en cuenta a la hora de imponer la pena "la actitud del acusado de eludir en todo momento sus obligaciones, sin abonar cantidad alguna en todo este tiempo"; a pesar de que el importe defraudado no supone un quebrando económico excesivo para el comprador. Además, también indicó el empresario que le constaba que "el perjudicado pretendía destinar el inmueble a vivienda habitual", circunstancia que la Sala ha tenido en cuenta como agravante.
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