Movilidad

Los coches eléctricos tendrán que volver a pagar por aparcar en las zona SARE de Málaga

  • El Ayuntamiento obligará a que abonen 0,2 euros por una hora de estacionamiento

  • El área de Movilidad busca lograr una mayor rotación de vehículos

Imagen de una de las zonas SARE habilitadas en Málaga.

Imagen de una de las zonas SARE habilitadas en Málaga. / Javier Albiñana

Una de las ventajas que años atrás se puso sobre la mesa en Málaga capital para tratar de incentivar la compra de vehículos eléctricos, la gratuidad del aparcamiento en las zonas SARE (excepto el SARE 30), toca a su fin. El Ayuntamiento de la ciudad tramita en este momento una modificación de la ordenanza que regula el cobro en los estacionamientos en la vía publica que pasa a gravar también a estos usuarios, aunque con una suma muy alejada de la que tienen que afrontar el resto de conductores no residentes.

De manera precisa, la propuesta de modificación cifra en 0,083 euros más IVA el canon a sufragar por los vehículos eléctricos por un mínimo de 30 minutos, cuantía que sube hasta los 0,2 euros cuando se trata de una hora; a los 0,3 euros en el caso de los 90 minutos; de 0,4 euros más IVA por dos horas y de 0,5 euros por dos horas y media.

A pesar de la aplicación de esta penalización, la diferencia de trato que se da al vehículo eléctrico con respecto al resto de coches que no dispongan de tarjeta de residente de la zona de estacionamiento es considerable. Estos tienen que seguir afrontando el pago de casi un euro por una hora de SARE, o lo que es lo mismo, casi cinco veces más. A este tramo se suma por 2 euros la posibilidad de estar estacionado durante dos horas y media y la inclusión, por otros 0,3 euros de intervalos de media hora.

La concejala de Movilidad, Elvira Maeso, explicó a este periódico que mediante esta variación de la ordenanza lo que busca la Sociedad Municipal de Aparcamientos y Servicios (Smassa) es ajustar los aspectos de fiscalidad de la ordenanza, "incluyéndose el cobro a los vehículos eléctricos y la nueva regulación de la misma a través de una ordenanza no fiscal al tratarse de una prestación patrimonial pública no tributaria". De hecho, lejos de seguir hablando de tasa habrá que hacerlo de "prestación patrimonial".

En cualquier caso, no parece que la aplicación de este cambio vaya a ser inmediato. Al respecto, Maeso expuso que una vez expuesta la propuesta en el portal de Málaga Contesta, tendrán que ser contestadas las sugerencias ciudadanas, dando paso después a la solicitud de informes de la Asesoría Jurídica y de Intervención; tendrá que ser aprobada en Junta de Gobierno Local, posteriormente por el Pleno y tendrá que ser publicada en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP).

En cuanto a la decisión de cobrar a los vehículos eléctricos, la concejala aludió a la necesidad de hacerlo para "incentivar la rotación" y evitar con ello que un mismo vehículo de esta modalidad pueda extender a lo largo de toda la jornada la ocupación de una plaza SARE. Conforme a la aplicación de las ordenanzas municipales, ni en 2017 ni en 2016 se aplicó pago alguno a estos propietarios. Sin embargo, en 2015 sí existía una tasa específica para los mismos, ascendente a 0,9 euros por una hora; 1,8 por dos horas y media, y 0,27 por fracciones de media hora.

Tampoco sufren variación las penalizaciones por sobrepasar el tiempo indicado en el comprobante horario, que es de 3,8 euros. Este valor es aplicable siempre que la cancelación se realice en el plazo máximo de tres días a partir de la fecha de la denuncia. Por carecer de comprobante horario, se imponen 7,6 euros siempre que la cancelación se realice en el plazo máximo de tres días a partir de la fecha de la denuncia.

En la actualidad, tras la marcha atrás protagonizada por el Ayuntamiento en el proyecto de implantación del SARE en el entorno de Cruz de Humilladero, se cuentan 3.640 plazas habilitadas, cuyo periodo de funcionamiento es de 09:00 a 14:00 y de 16:00 a 20:00, de lunes a viernes, y los sábados, de 9:00 a 14:00. Este sistema de aparcamiento se ha convertido en los últimos años en una de las grandes fuentes de ingresos de la Sociedad de Aparcamientos.

La ordenanza que grava el SARE no es la única que se somete a modificación. La necesidad de adaptarse a la referencia de “prestación patrimonial” es igualmente aplicable a la de la grúa. El contenido de este texto, así como sus precios, se mantiene intactos.

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