La Guardia Civil confirma multas de hasta 30.000 euros por llevar cierto tipo de navajas
Las navajas son herramientas que muchas personas usan en su día a día, tanto para ayudarse en tareas domésticas- por ejemplo para trocear alimentos- o para el uso deportivo - como puede ser para pesca o caza-. Si bien este utensilio puede estar muy normalizado, hay una serie de tipos de hojas que se encuentran totalmente prohibidas. La Guardia Civil ha recogido cuáles no pueden usarse, las que sí se encuentran permitidas, así como las multas a las que puede enfrentarse alguien que use las armas prohibidas que enumeran, que ascienden a los 30.000 euros.
En un vídeo que ha compartido la Guardia Civil a través de las redes sociales, ha señalado aquellos modelos de navajas que no se encuentran permitidos, comenzando con las automáticas, aquellas que se abren al accionar un botón, un pulsador o un automatismo. También aquellas que se encuentran asistidas por muelles o resortes; las de inercia, que se abren por medio de un giro o movimiento rápido o caída. Aquí también se incluyen todas las del tipo mariposa, "están totalmente prohibidas" subraya la agente.
Ahora bien, existen una serie de navajas que sí están permitidas. En primer lugar, aquellas hojas que son tácticas o deportivas, eso sí, "siempre y cuando se utilicen para la actividad requerida y en los lugares habilitados". Como se ha indicado al inicio, son aquellas armas que se usan para la caza o pesca, y como explican, estas están permitidas, siempre y cuando se usen mientras se realiza dicha acción.
También son legales aquellas navajas que llevan un tope o bulón, sin asistencia mecánica, que se abran con una sola mano. Y en ningún caso estas pueden superar los 11 centímetros.
La Guardia Civil recomienda a los ciudadanos que antes de comprar una navaja se aseguren que esta sea completamente legal así como que esté autorizada.
Multas de hasta 30.000 euros
Ahora bien, aquellas personas que porten, exhiban o usen armas prohibidas pueden enfrentarse a una infracción grave, que puede suponer una multa de 601 a 30.000 euros. Así lo recoge el Reglamento de Armas.
Dentro de estas categorías, además de las armas blancas mencionadas, también entraría aquellas de aire comprimido.
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