Málaga

Una juez da la razón a Urbanismo tras el recurso presentado por el Colegio de Arquitectos de Málaga

  • Alegaban que el importe de licitación para la contratación del servicio para elaborar "fichas de revisión del catálogo de edificios protegidos del Pepri Centro no respetaba el precio de mercado"

Sede de la Gerencia Municipal de Urbanismo

Sede de la Gerencia Municipal de Urbanismo / M. H.

El juzgado de lo Contencioso Administrativo Nº5 de Málaga ha dado la razón a la Gerencia Municipal de Urbanismo después de que el Colegio de Arquitectos presentara en 2018 un recurso contra la licitación del servicio para la aportación de datos y elaboración de fichas de la revisión del catalogo de edificios, elementos y espacios protegidos del PEPRI Centro de Málaga. En el texto, argumentaban que el precio previsto en el pliego "no era el adecuado" para el cumplimiento del contrato "por no respetar el precio general de mercado", por lo que debía anularse el "acto aprobatorio del expediente de contratación licitado".

Este Colegio profesional defendía que la cuantía fijada (85.000 euros más IVA) "no alcanzaba ni tan siquiera" los costes laborales y de seguridad social del personal que "es necesario" para llevar a cabo el contrato atendiendo al equipo "humano y funciones que se exigen" y al plazo máximo para llevar a cabo el trabajo que se fija en 10 meses.

La Gerencia Municipal de Urbanismo se opuso al recurso, pidiendo la desestimación íntegra de la demanda afirmando que "no es cierto que el contrato tenga una duración de diez meses", sino que este plazo se establecía como "máximo", pudiendo el licitador minorar este periodo de tiempo. Además, defendía que "no era cierto" que el equipo de trabajo tenga "dedicación exclusiva", no siendo necesario que la empresa adjudicataria tenga en plantilla a todos los miembros del equipo.

"Además, en el pliego técnico se exponía que a los equipos adjudicatarios se les facilitaría la información obrante en la GMU, habiéndose subido a la Plataforma de Contratación del Estado que la Gerencia contaba con información de 611 inmuebles por lo que el levantamiento competo solo se tendría que realizar sobre los aproximadamente 790 restantes", recoge el texto.

Tras la declaración de una de las arquitectas de la Gerencia, la juez establece en la sentencia que "parte del trabajo de campo ya estaba realizado, a lo que había que unir la mayor facilidad (de esta labor) en aplicación de las nuevas tecnologías": "(La testigo) explicó el análisis de otros contratos similares que se había realizado por el Departamento para la fijación del precio del contrato, razonando de forma adecuada, suficiente y objetiva ambas testigos, trabajadoras de la Gerencia de Urbanismo, que dicha Administración contaba ya con numerosa información de la que debía contenerse en las fichas de los edificios que debían elaborarse como parte del objeto del contrato", expone.

Información "toda ella" que se ponía a disposición del adjudicatario, y que suponía para este que parte del trabajo de campo "ya estaba realizado, a lo que había que unir la mayor facilidad de ese trabajo de campo en aplicación de las nuevas tecnología", subraya.

Por todo ello, la jueza ha desestimado un recurso sobre el que cabe apelación posible en un plazo de quince días. Este trámite ha supuesto que no pueda actualizarse el pliego hasta que no se hubiera resuelto la cuestión. El concejal de Ordenación del Territorio, Raúl López, explicó que esta sentencia demuestra que "las cosas no se hacen tan mal" en Urbanismo, y que ahora, "lo importante es pasar página, poner nuevamente en marcha la actuación de contratación, recuperar el tiempo y seguir colaborando con los colegios profesionales para seguir mejorando".

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