Málaga

Un juzgado rechaza iniciar un proceso concursal por deudas del dueño de la finca donde murió Julen

  • En la causa se ha acordado el pago cautelar de una fianza civil de 885.310 euros por las tareas de rescate, lo que no se considera deuda a los fines previstos en la Ley Concursal

David Serrano, dueño de la finca donde murió el pequeño Julen.

David Serrano, dueño de la finca donde murió el pequeño Julen. / G.J.

El Juzgado de Primera Instancia número 14 de Málaga ha inadmitido a trámite la solicitud de concurso voluntario de deudor persona física presentada por el dueño de la finca en la que se encuentra el pozo en el que murió Julen, el niño de dos años que cayó en dicha perforación el pasado mes de enero.

La defensa de Serrano alegó en su petición que este no percibe prestaciones por desempleo ni subsidios, que no recibe devoluciones y que no cuenta con patrimonio, apuntando que "está ya técnicamente en una situación de insolvencia" y que no podía hacer frente a las deudas que podrían ascender a 1,5 millones de euros.

Ahora, el juzgado, en un auto al que ha tenido acceso Europa Press, señala que no justifica determinados datos y que no se dice que sea deudor a la fecha por concepto alguno, sino que expone que se ha acordado cautelarmente en la causa por la muerte de Julen el pago de una fianza civil de 885.310 euros por las tareas de rescate.

Así, señala que el que exista esa medida cautelar "no es causa" que permita el concurso, porque "no es deuda a los fines previstos en la Ley Concursal", apuntando que el juzgado de instrucción "cuenta con los medios precisos para conocer si el investigado tiene capacidad económica o no, o en su caso, bienes susceptibles de ser embargados, en defecto de constituir la fianza requerida".

Indica que esto no puede "obviarse sin más por una declaración de insolvencia pretendida ante procedimiento concursal en la vía civil, ajena de todo punto a los fines de la fianza", concluyendo que no hay requisito objetivo para esta tramitación, "al no tratarse de supuesto de insolvencia de deudor común, al que alude el artículo 2,1 de la Ley Concursal".

El dueño de la finca está acusado por un delito de homicidio por imprudencia grave por el que la Fiscalía solicita que se le imponga una pena de tres años de prisión y la acusación particular, en representación de los padres del niño, pide tres años y medio de cárcel.

El Juzgado de lo Penal número 9 de Málaga ha fijado inicialmente para el 21 de enero de 2020 el inicio del juicio, con sesiones los días 22, 23, 24, 28 y 30 de dicho mes, advirtiendo de que si la defensa pretende alcanzar una conformidad con la acusación lo comunique "con la mayor antelación", por si hay que poner nueva fecha "más próxima" o desconvocarla para dictar sentencia de conformidad.

Al respecto, el abogado del acusado, Antonio Flores, ha indicado que esa posibilidad de conformidad "se ha planteado" a la Fiscalía, pero no hay nada cerrado. De hecho, el letrado ha señalado a Europa Press que están pendiente de hablar con la representación de la familia para ver esta posibilidad de acuerdo, que supondría una pena de prisión menor a la solicitada para el acusado, pero también debería incluir el resarcir a los padres.

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