Málaga

Los juzgados de Familia de Málaga permiten que los padres sin la custodia vuelvan a su régimen de convivencia

  • Los progenitores deberán de acordar la compensación del tiempo de convivencia no desarrollado durante el estado de alarma

Niños pasean en bicicleta en sus primeras salidas tras el confinamiento.

Niños pasean en bicicleta en sus primeras salidas tras el confinamiento. / Javier Albiñana (Málaga)

Los jueces de Familia de los Juzgados nº 5,6 y 16 de Málaga han revisado los acuerdos adoptados el pasado 18 de marzo con motivo de las incidencias generadas en el cumplimiento del régimen de custodia y  estancias de menores con progenitores separados como consecuencia de la crisis del coronavirus y acordados en resolución judicial y han determinado que éstas vuelvan a ser plenamente ejecutivas. Esto supone que los progenitores sin la custodia podrán volver al régimen de visitas establecido. 

"Habiendo accedido la provincia de Málaga este 18 de mayo a la fase uno del programa de desescalada aprobado por el Gobierno, y suponiendo ello un cambio fundamental en las circunstancias que se ponderaron a la hora de adoptar los acuerdos contenidos en marzo, se dejan sin efecto los referidos a los incumplimientos de régimen de custodia y estancias de menores que se produzcan desde la fecha de 18-5-2020", explican desde los juzgados.

Consideran que ya no concurre circunstancia alguna que pueda justificar incumplimientos de las medidas judiciales adoptadas, por lo que vuelven a ser plenamente ejecutivas y deben cumplirse íntegramente las medidas adoptadas en su día por resolución judicial.

Hacen un llamamiento a que se resuelvan razonablemente las discrepancias ante el previsible colapso judicial

Una vez finalizadas gran parte de las medidas limitadoras de la movilidad provincial “se deberá por los progenitores de común acuerdo compensar el tiempo de convivencia no desarrollado por el progenitor que no ha tenido consigo a los menores, en la forma más beneficiosa para estos", comentan los magistrados. 

En caso de no realizarse esa compensación, en la ejecución que se plantee por tal causa se ponderará el abuso de derecho, la mala fe o las actitudes injustificadas como motivo para la imposición de costas en dichos procedimientos.

"Se hace un llamamiento a los progenitores separados para que, dado el previsible colapso judicial en los próximos meses, resuelvan razonablemente las discrepancias que puedan surgir por las circunstancias extraordinarias que se están viviendo por medio de acuerdos entre ellos, de la negociación entre letrados o de la mediación familiar”, concluye el comunicado. 

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