Multas de hasta 800 euros a conductores de patinetes eléctricos que no cumplan las nuevas normativas de la DGT
En este 2026 ha entrado la obligatoriedad del seguro de protección civil, y próximamente entrará en funcionamiento el Registro de Vehículos
La DGT confirma la obligatoriedad de registrar los patinetes eléctricos
La Dirección General de Tráfico (DGT) anunció la puesta en marcha de un Registro de Vehículos, que será obligatorio para los propietarios de los patinetes eléctricos inscribirse en él, así como que tendrán que contar con un seguro de protección civil. Aquellas personas que circulen sin ello, pueden enfrentarse a multas que asciendan a los 800 euros.
Ambas novedades van de la mano, pues es necesario inscribirse en dicho registro para la obtención del seguro. Ahora bien, los vehículos de movilidad personal que estarán obligados a ello son los que pesen más de 25 kilogramos y los que puedan circular a más de 14 kilómetros por hora.
Multas de hasta 800 euros por no contar con el seguro
El Ministerio del Interior informó de la puesta en marcha del registro, que se había pospuesto, y en el comunicado se recogió también cuáles serían las sanciones a las que se enfrentarían los conductores de patinetes si no cumplían esta nueva normativa.
La multa por no contar con un seguro de responsabilidad civil iría de los 202 los 610 euros. En el caso de que el VMP circule sin el seguro, la multa aumentaría de los 250 a los 800 euros, en función de si es considerado vehículo personal ligero o vehículo a motor (más de 25 kilogramos de peso y más de 14 kilómetros/hora).
Otras normas que deben cumplir los patinetes eléctricos
Los VMP no pueden circular por aceras, zonas peatonales, pasos de travesía, autopistas, autovías, vías interurbanas o túneles en ámbito urbano. Las ordenanzas municipales recogen cuáles son las vías por las que podrán hacerlo. En el caso de que no se especifican, podrán circular por cualquier calzada urbana.
Estos vehículos podrán circular a una velocidad máxima de 25 km/h, y sus conductores deben usar casco de protección.
Los usuarios de los patinetes se encuentran sometidos a las mismas máximas de alcohol permitidas por la Ley de Seguridad Vial, y mientras lo manejen no pueden usar auriculares o el teléfono móvil.
A estas se suman algunas normativas recogidas en la Ordenanza Municipal de Movilidad Sostenible de Málaga, como que los sus usuarios tengan una edad mínima de 16 años, que deben medir como mínimo 1,50, o que no pueden transportarse a pasajeros.
Qué se sabe del nuevo registro de vehículos
El Consejo de Ministros aprobó en la última semana de enero el Real Decreto que regula el Registro Nacional de Vehículos en el que se tendrán que inscribir los patinetes. Una vez se publique la medida en el Boletín Oficial del Estado, entrará en vigor.
Respecto al proceso de registro, deberán hacerlo los titulares de los patinetes (así como los tutores legales en el caso de los menores) y podrán hacerlo de forma telemática en la sede electrónica de la DGT. Además, se ha habilitado un teléfono para ayudar a informar a quienes necesiten apoyo en este proceso, el 060.
El Ministerio de Interior ha recordado que para este proceso, el primer paso es diferencias entre los VMP que cuentan con un certificado de circulación, y los que no.
En el primer caso, estos patinetes corresponden a los que cumplen los requisitos establecidos en el Manual de Características de los VMP, que establece una serie de garantías de calidad y durabilidad mínimas, así como de seguridad. Para inscribirlos, harán falta los datos personales del titular, así como el número de certificado y de serie, que consta en la placa de marcaje y la ficha técnica de este. Con esta información, así como pagando las tasas administrativas correspondientes, se crea el número de inscripción.
En el caso de los VMP que no posee el certificado de circulación, el Ministerio ha recordado que estos tienen un régimen transitorio y solo tendrán permitido circular hasta el 22 de enero de 2027. Aunque solo podrán usarse por un periodo limitado, también están obligados a inscribirse en el Registro Nacional de Vehículos, así como obtener un seguro. Para el proceso de inscripción harán falta datos del propietario así como una factura, ficha técnica o fotografía del VMP. .
En ambos casos, una vez se obtenga el certificado de inscripción, se dará una etiqueta identificativa al propietario, que deberá ir colocada en el porta-identificador que posee el VMP para ello. En el caso de los vehículos no certificados, deberá ir en un lugar visible.
También te puede interesar