Un informe municipal rechaza la edificación de Villa Fernanda
El Observatorio de Medio Ambiente afirma que el proyecto alteraría de forma "radical" el jardín, protegido en el PGOU
El futuro de la finca Villa Fernanda sigue en el aire. Después de que la Gerencia de Urbanismo autorizase a finales del pasado año a la propietaria de la parcela, la promotora Piquio, la construcción de dos edificios para uso residencial, con capacidad para 52 viviendas, un informe elaborado por el responsable del Observatorio de Medio Ambiente Urbano (Omau) del Ayuntamiento, Pedro Marín, pone en cuestión esta decisión y concluye que la parcela es "inedificable". Por ello, propone que el Pleno "deniegue" el estudio de detalle por el que se permitía la intervención privada y que se compense a los dueños.
El citado documento, que fue remitido el pasado 17 de junio al gerente de Urbanismo, Javier Gutiérrez Sordo, pone en evidencia los argumentos empleados hasta la fecha por el equipo de gobierno del PP, que llegó a defender la ejecución del citado proyecto porque el actual Plan General de Ordenación Urbanística (PGOU) prevé el uso residencial en ese terreno. El informe, al que ha tenido acceso este periódico, justifica la imposibilidad de construir sobre la citada finca, localizada en la zona de El Limonar, precisamente en los grados de protección que fija el planeamiento tanto para el jardín como para las tres edificaciones existentes, y en la numerosa jurisprudencia que hay sobre este tema a nivel nacional.
Por todo ello, Marín expresa que la finca "es inedificable en la forma que propone el estudio de detalle", al entender que "el cambio del uso del suelo a través de la edificación propuesta y la intensidad del volumen edificatorio comporta una alteración radical de la composición del jardín, al punto de desfigurarlo por completo". A este respecto, recuerda que el proyecto privado "triplica la ocupación actual del suelo y cuadriplica la edificabilidad existente". En términos numéricos, la iniciativa prevé pasar de los 650 metros cuadrados sobre los que se levantan los tres edificios protegidos a 2.147 metros y de los 1.359 metros edificados en estos momentos, a 5.282 metros.
Tras este análisis, el responsable del Omau llega a asegurar, incluso, que "de admitirse que el PGOU posibilita la construcción en la propia parcela en la forma que contempla el estudio de detalle podría imputársele vicio de nulidad por reserva de disposición". "La jurisprudencia y el propio PGOU de Málaga tienen los instrumentos para proteger de la edificación propuesta por el estudio de detalle Villa Fernanda", concluye de forma categórica.
A juicio de este responsable municipal, tanto la piscina como la pista de tenis de Villa Fernanda, sobre los que se pretendían levantar sendas edificaciones, forman parte del conjunto protegido. "No puede entenderse con rigor que esas dos construcciones constituyan calvas; esto es, espacios carentes de interés por ausencia de vegetación y que como tales permitirían ser construidos; sino vacíos, es decir, parte no edificada que se integra en la composición", precisa.
Asimismo, insiste en la necesidad de que el Ayuntamiento garantice la protección de los espacios públicos. "La normativa urbanística debe regir las diferentes actuaciones del urbanismo, pero todas. Aquellas que ordenan los derechos de aprovechamiento, pero también las que protegen el espacio público, el paisaje urbano y los equipamientos de la ciudad", comenta. Y subraya la necesidad de que documentos como la Agenda 21 y la Carta de Aalborg, que abogan por la sostenibilidad y asumidas por el Consistorio, no sean convertidas en "declaraciones vacías y estériles".
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