Málaga

La norma que impide beber alcohol en pistas deportivas entra en vigor

  • La nueva ordenanza municipal unifica las obligaciones de los cesionarios de este tipo de instalaciones

La concesión y autorización de uso de los campos de fútbol, así como del resto de instalaciones deportivas al aire libre, de titularidad municipal queda regulada desde hoy por medio de una nueva ordenanza. Tras ser aprobada de manera inicial el pasado 30 de noviembre y ante la ausencia de sugerencias y alegaciones en el correspondiente periodo de información pública, el documento fue publicado ayer en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) Málaga, cobrando de este modo vigencia.

Entre las particularidades sustanciales de la recién nacida norma está la prohibición de que los colectivos a los que se otorgue la autorización de uso de estos inmuebles permitan el consumo "de toda clase de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas o bebidas alcohólicas", así como la venta de alcohol y tabaco en estas mismas instalaciones deportivas, con la amenaza de imposición de una multa grave, que puede acarrear sanciones de entre 750 y 1.500 euros.

La de consumo del alcohol es una de las aportaciones del documento, porque si bien ya aparece en los convenios con los clubes de fútbol "no es así en el resto; hablamos de pistas al aire libre, de instalaciones de petanca y todas las demás categorías", expuso la concejala del ramo, Elisa Pérez de Siles. La edil puso de relieve que la ordenanza viene a "unificar los diferentes criterios de cesión de instalaciones", al tiempo que genera un base para los derechos y obligaciones de los concesionarios.

De acuerdo con los datos del área de Deportes, en la actualidad se cuentan 27 campos de fútbol (todos cedidos por medio de convenios con clubes) y alrededor de 120 instalaciones al aire libre, incluyendo pistas de petanca, de baloncesto, de fútbol sala... Pero se da la particularidad de que entre estas últimas hay muchas que no tienen cesionario alguno, sino que están abiertas al disfrute de todos los vecinos. Y, por lo que dio a entender Pérez de Siles, la idea del Ayuntamiento no es la de abrir a concesión más instalaciones de las que ya hay. Este hecho rebaja de algún modo el valor de la norma como instrumento mediante el que seleccionar los concesionarios mediante concurrencia competitiva; es decir, tomando como base, por ejemplo, el proyecto de actividades. Y ello es porque, según reconoció la concejala del ramo, se mantiene viva la opción de que el Ayuntamiento siga otorgando de manera directa estas instalaciones a aquellos clubes y entidades que hayan sido declaradas de utilidad pública, Una tramitación, que, a priori, ya deberían haber iniciado asociaciones interesadas en seguir al frente de estos espacios deportivos municipales. La propia norma fija un plazo de un año para los actuales cesionarios, con el fin de que aporten la documentación de la que dispongan relativa a la autorización municipal del uso del que disfrutan, a fin de que se proceda a la oportuna regularización de la misma conforme a la nueva norma.

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