Esta es la nueva edad de jubilación de los malagueños en 2026
Desde el año 2013, tanto el tiempo cotizado como la edad para optar a esta pensión han ido en aumento
Cuatro de cada diez trabajadores en Málaga cobra menos del salario mínimo
Los trabajadores que quieran jubilarse este 2026 deben saber que la Seguridad Social tiene en cuenta tanto el tiempo que cotizaron, como su edad, pues son los dos valores claves para tener acceso a la pensión.
Este requisito se implantó desde el año 2013 y si bien se mantiene que los empleados deben tener al menos 65 años, si se ha ido aumentando el tiempo de cotización desde entonces, de tres en tres meses.
En este 2025, podían solicitar la prestación por jubilación quienes con 65 años de edad, hubieran cotizado 38 años y 3 meses. Si hubieran cotizado menos años, tendrían que tener 66 años y 6 meses para ello.
Edad y años cotizados para la jubilación
Y a partir del 2026, una persona para poder jubilarse debe haber cotizado 38 años y 3 meses y tener 65 años. O en el caso de haber cotizado menos del tiempo señalado anteriormente, tener 66 años y 10 meses de edad.
Aunque existen excepciones, y hay trabajadores que pueden adelantar el momento del fin de la etapa laboral.
Excepciones para adelantar la edad de jubilación
La edad mínima de jubilación puede anticiparse o rebajarse en los siguientes casos y solo para trabajadores que estén de alta o en una situación asimilada al alta:
- Jubilación anticipada a partir de los 60 años por tener la condición de mutualista.
- Jubilación anticipada a partir de los 61 años sin tener la condición de mutualista.
- Jubilación parcial.
- Jubilación especial a los 64 años, para quienes resulte de aplicación la legislación anterior a 1-1-2013, de conformidad con lo establecido en la disposición transitoria cuarta de la LGSS.
- Jubilación del personal del Estatuto Minero, personal de vuelo de trabajos aéreos, ferroviarios, artistas, profesionales taurinos, bomberos y miembros del cuerpo de la Ertzaintza.
- Jubilación flexible.
- Jubilación de trabajadores afectados por una discapacidad igual o superior al 45% o al 65%.
En ninguno de los casos mencionados anteriormente las personas podrán optar a la pensión con menos de 52 años. Aunque esto no afectará a aquellos trabajadores de los regímenes especiales ( de la Minería del Carbón y Trabajadores del Mar, que en el 1 de enero de 2008, tuviesen reconocidos coeficientes reductores de la edad de jubilación, a los que se aplicará la normativa anterior.
¿Quiénes se podrán jubilar en 2027?
Según recoge la Seguridad Social, a partir de 2027, los trabajadores deberán tener cotizados 38 años y 6 meses, así como tener los 65 años. Y si tiene menos tiempo cotizado, tener 67 años. En este año termina la tabla donde viene recogida las edades y años cotizados que se implantaron en 2013.
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