¿Están prohibidos los camellos en la Cabalgata de Reyes con la nueva Ley Animal?

Las fotos de la Cabalgata de Reyes Magos de Cruz de Humilladero
Fotos de la Cabalgata de Reyes Magos de Cruz de Humilladero / Marilú Báez
Redacción - L.P.

04 de enero 2024 - 17:09

En el imaginario colectivo tenemos la estampa de los tres Reyes Magos llegando al portal de Belén en camellos, para entregar al niño Jesús sus regalos. Y en la actualidad, en Málaga, más concretamente en el distrito de Cruz de Humilladero, sus Majestades pasean montados en estos animales, y recorren las calles de esta zona. Una tradición previa al día 5, que la población de Málaga espera con mucha ilusión.

Pero, en otras fiestas y eventos, hemos visto como otros animales usados para transportar a personas, acababan extenuados, heridos de gravedad, o incluso fallecían, tras participar en este tipo de actos. Y por situaciones como estas, el pasado mes de marzo entró en vigor la nueva Ley de Bienestar Animal. Esta ley penaliza económicamente a aquellas personas que no traten con respecto a estos seres, con cifras que pueden alcanzar los 200.000 euros.

En el preámbulo de este texto, la ley destaca que no regula al animal como un bien económico, sino que pone en el punto de mira a la propia sociedad: "regula nuestro comportamiento hacia ellos como seres vivos dentro de nuestro entorno de convivencia".

Ley de Bienestar Animal

El pasado 29 de marzo entró en vigor en España la Ley de protección de los derechos y el bienestar de los animales. El objetivo principal de poner fin a la crueldad y al maltrato animal. En concreto, en el artículo 65 de esta ley, trata el tema de "Romerías, eventos feriados, belenes, cabalgatas y procesiones". En el apartado 5 de este artículo subraya la prohibición del uso de animales en exposiciones de belenes, cabalgatas o procesiones. En este punto el texto especifica que queda prohibido el uso de los animales en estos eventos cuando no se mantenga el bienestar del animal, dependiendo de las características de su especie, o inmovilizándolo durante el desarrollo del acto.

En el caso de que se incumplan los artículos recogidos en esta ley, se penalizará al responsable con multas que irían de los 500 hasta los 200.000 euros para quienes la incumplan.

Por lo que el uso de camellos en este tipo de actos festivos, no está prohibido, sino que depende de las condiciones en las que transcurran las mismas. Y siempre prevaleciendo un estado higiénico-sanitario óptimo, así como garantizando el tiempo de descanso de los animales.

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