Málaga

La revisión del catastro tocará el año que viene a 138.000 malagueños

  • El Ministerio de Hacienda publicó el pasado sábado el listado de municipios en los que se actualizarán los valores catastrales a 1 de enero y que incluye 26 localidades de la provincia

Imagen del Tajo de Ronda, uno de los municipios en los que se prevé la revisión.

Imagen del Tajo de Ronda, uno de los municipios en los que se prevé la revisión.

Los vecinos de 26 municipios de la provincia de Málaga verán a 1 de enero del próximo año cómo los valores catastrales de sus bienes inmuebles quedan actualizados tomando como referencia la realidad del sector inmobiliario. La efectividad de esta revisión, comunicada por el Ministerio de Hacienda el pasado sábado en el Boletín Oficial del Estado (BOE), queda condicionada, no obstante, a la aprobación de la Ley de Presupuestos Generales del Estado de 2019, en la que deberán fijarse los nuevos coeficientes.

Sea como fuere, esta actualización podría traer consigo algunas variaciones sustanciales, como así parece que ocurrirá con el pueblo de Alcaucín, cuyos valores vigentes datan del año 2000; en otros las diferencias al alza pueden ser moderadas, como en Antequera y Ronda (valores correspondientes a 2013), y en la mayoría pueden producirse reducciones, ya que cuentan con valores adecuados en los años en los que el mercado estaba en un momento álgido.

21 localidades tienen ponencias de entre 2005 y 2011; cuatro, de 2013, y una, de 2000

El interrogante que queda por desvelar es si estos ajustes repercutirán en el bolsillo de los más de 138.000 vecinos de estas localidades por medio de tributos como el Impuesto de Bienes Inmuebles (IBI). De acuerdo con las explicaciones recabadas por este periódico de algunos de los ayuntamientos afectados, la intención es eludir en lo posible cualquier incremento de la cuota.

¿Cómo se determina el valor catastral? La Dirección General del Catastro lo determina considerando varios componentes, como la localización del inmueble, las circunstancias urbanísticas del suelo; el coste de ejecución material, los beneficios de la contrata, honorarios profesionales y tributos que gravan la construcción, y las circunstancias y valores del mercado valor del suelo, valor de la construcción y gastos de producción y beneficios de la actividad empresarial de promoción. Nunca el valor catastral podrá superar el valor de mercado. Para ello se aplica un coeficiente de referencia del 0,5 cuando se aprueba y entra en vigor la ponencia.

Tomando en consideración la realidad del mercado inmobiliario, usando las estadísticas del Ministerio de Fomento, se observa una repercusión diferenciada en función de las localidades y, principalmente, el año del que datan las ponencias de valores. El precio del metro cuadrado de la vivienda (nueva y usada) estaba en el segundo trimestre del año en la provincia en 1.714 euros, cifra muy alejada del registrado ciertos municipios cuando empezaron a aplicarse sus ponencias actuales. El caso de Alcaucín, cuya ponencia data del año 2000, es llamativo. A mediados de ese ejercicio el precio de la vivienda en la provincia era de 750 euros el metro cuadrado, un 128% menor que el actual.

La tendencia es también de subida en otros cuatro municipios (Ronda, Antequera, Serrato y Montecorto), que cuentan con ponencias de valores de 2013. Con respecto a ese ejercicio, la variación del mercado residencial es de 11,6%. La estampa es opuesta los otros 21 pueblos, cuyas ponencias se concentran entre los años 2005 y 2011. En esas anualidades, siempre según las estadísticas de Fomento, el precio de la vivienda estaba por encima del momento actual. A modo de ejemplo, el segundo trimestre de 2008 el metro cuadrado valía 2.304 euros, un 34,4% más que ahora.

Para proceder a esta actualización, Hacienda obliga a que hayan transcurrido al menos cinco años desde la entrada en vigor de los valores catastrales del anterior procedimiento de valoración colectiva; que se pongan de manifiesto diferencias sustanciales entre los valores de mercado y los que sirvieron de base para la determinación de los valores catastrales vigentes, siempre que afecten de modo homogéneo al conjunto de usos, polígonos, áreas o zonas existentes en el municipio, y que hayan sido solicitados por los propios ayuntamientos.

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