Mijas

Archivan la denuncia de Maldonado contra el perito del caso de Mijas Comunicación

  • La jueza concluye que los hechos denunciados no revisten delito ni de intrusismo profesional ni de presunta estafa

El exalcalde de Mijas, Juan Carlos Maldonado, y Maria del Carmen Carmona, durante la rueda de prensa.

El exalcalde de Mijas, Juan Carlos Maldonado, y Maria del Carmen Carmona, durante la rueda de prensa.

El Juzgado de Instrucción Número 2 de Fuengirola ha archivado la denuncia presentada por el exalcalde de Mijas, Juan Carlos Maldonado, contra el perito que destapó un presunto caso de espionaje en el seno de la empresa pública de Mijas Comunicación, al que acusó de presunta estafa. En su escrito, sin embargo, la jueza concluye que los hechos denunciados “no revisten delito ni de intrusismo profesional ni de una presunta estafa, ni de revelación de secretos alguna”.

Maldonado denunció al perito ante la Guardia Civil, que más tarde llevó el atestado al juzgado, ante sus “fundadas sospechas” de que este supuesto caso de espionaje “era un fraude”, según anunció a los medios de comunicación en una rueda de prensa. Entre otros motivos, expuso que este se había “autodenominado perito judicial” y vestía con “un chaleco y una placa”, con la que se había dedicado a precintar el mobiliario. “Parecía la Udyco”, aseguró, por lo que propuso al consejo de administración suspender temporalmente la investigación. La jueza, en cambio, entiende que no se ha justificado que el perito cometiera delito alguno

En este sentido, la magistrada constata que todos los miembros del Consejo de Administración de la empresa de comunicación pública de Mijas conocían que “era un perito contratado por ellos y no designado por juzgado ninguno, y que así se le trasladó a los trabajadores de la sociedad, cumpliendo con su labor de auditoría informática, “sin perjuicio de que esta era una labor delicada porque implicó el análisis de ordenadores y teléfonos móviles de los empleados” . Hecho que obligó, por razones obvias, “a precintar ordenadores para que no fueran manipulados y a la entrega de terminales corporativos donde los trabajadores no deben tener contenido que afecte a su intimidad porque se dispone de los mismos por razones exclusivas de trabajo”.

Por último, en cuanto a la posible revelación de secretos, argumenta que “no consta que el resultado de su auditoría fuera avanzado o explicado por este perito más allá de las reuniones del Consejo de Administración que le contrató y al que rindió cuentas”.

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