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La Autoridad Portuaria ha adjudicado a una empresa inversora la propuesta presentada para construir y explotar en el dique de levante y junto a la terminal de cruceros un hotel de 135 metros de altura. Las dimensiones del edificio y su impacto paisajístico han sido el detonador de una amplia polémica que acaba extendiéndose a otros aspectos de la gestión portuaria. El presidente manifiesta que esta actividad la inició la Autoridad Portuaria en 2010. No es cierto. El Puerto únicamente recibió del Ayuntamiento un anteproyecto de un hotel en la zona poco elaborado y nada pensado en 2012, documento que no fue tramitado.
Por mi condición de ex director de la Autoridad Portuaria intentaré tratar el asunto de forma objetiva y con un enfoque basado en mi experiencia en gestión portuaria al exponer mi visión sobre los aspectos que han sido motivo de debate en comentarios del arquitecto proyectista y también de sectores críticos con la actuación, líderes de Defendamos Nuestro Horizonte, Academia de Ciencias, etc. Ni siquiera voy a entrar en el debate de si es buena o mala la decisión de la Autoridad Portuaria de otorgar la parcela en el dique de levante para la construcción de un hotel.
Los detractores de la actuación esgrimen que el impacto visual será demoledor para Málaga, critican el uso privativo del dominio público en la parcela en cuestión y apuestan por entregarla al uso público a través de instalaciones tipo palacio de congresos u otros. La solución de que sea la Administración pública la que construya un equipamiento público en la zona no la veo factible. La inversión pública está en mínimos y no es previsible que se reactive a corto o medio plazo.
Se propone también la convocatoria, con carácter previo, de un concurso público de arquitectura. En estos casos es muy difícil que la propuesta ganadora sea atractiva para un inversor, no es fácil que, con la edificación impuesta, obtenga la rentabilidad financiera deseada. Sólo hay que ver los bocetos que están planteando los estudiantes de Arquitectura para el caso o el propuesto por el propio José Seguí en San Andrés para el concurso del Guadalmedina que denomina La Torre del Puerto, nada que ver con la macicez del hotel del dique de levante. Por ello, para otorgar concesiones de actividades como las que nos ocupa con un 100% de inversión privada es práctico proceder a concursos de proyecto, obra y explotación.
La Autoridad Portuaria, en lugar de convocar un concurso, ha optado por la concurrencia de proyectos a partir de una solicitud concreta, procedimiento contemplado en la Ley (con frecuencia los que defienden el proyecto dicen incorrectamente que ha sido seleccionado mediante concurso). No obstante, cuando se trata de inversiones del orden de los 100 millones de euros, el mes de información pública contemplado en la Ley para este procedimiento es a todas luces insuficiente por lo que es muy difícil que surja concurrencia efectiva. La segunda propuesta presentada el último día del plazo era totalmente inadmisible según el Puerto. Esa concurrencia que sí hubiese podido surgir en un plazo de, al menos, tres meses de información pública, es muy importante para el convencimiento de que la solución adjudicada es la de mayor interés público que puede ofrecer la iniciativa privada, para eso tendría que haberse utilizado el procedimiento del concurso. Procedimiento cuya mayor dilación en el tiempo no era ningún obstáculo en este caso ya que la adjudicación se ha hecho a resultas de la aprobación del DEUP, modificación del Plan Especial y de la autorización del hotel por el Consejo de Ministros, conjunto de actuaciones que no se espera quede resuelto antes de los dos años desde que se adjudicó el proceso de la concurrencia de proyectos.
Por otra parte, cualquier procedimiento para concesiones de este tipo, tendría que contemplar que la solución seleccionada superara un listón determinado en cuanto a calidad arquitectónica y su impacto en la ubicación para la que se proyecta. Así se estableció en las bases del concurso publicado para Muelle de Heredia, concurso que, en plena crisis, quedó desierto. En el caso que nos ocupa en el que dicha valoración arquitectónica sería mucho más exigente, debería recaer, como mínimo, en un par de arquitectos de prestigio adecuadamente seleccionados.
Dicho esto, en mi opinión, el arquitecto ha diseñado un edificio con cierta calidad arquitectónica pero, es de suponer, sometido a las limitaciones exigidas por el inversor para obtener la máxima rentabilidad, optimización de la ocupación de la parcela así como de la estructura (suficientemente alto) para obtener un número de habitaciones pero sin alardes estructurales que pudieran mejorar la esbeltez del edificio con, quizás, escalonamientos en altura. El resultado es un edificio que a pesar de su altura da una imagen de gran compacidad y que es muy invasivo en su huella por lo que su impacto, ya a nivel de parcela e instalaciones colindantes, es excesivamente agresivo. En cuanto al impacto paisajístico, con la solución arquitectónica adjudicada, suscribo las críticas que han puesto de manifiesto los opositores al proyecto. Otra solución emanada de un concurso y valorada positivamente desde el punto de vista arquitectónico y con un impacto paisajístico que al menos diera pie a la controversia, también habría sido criticada, pero se situaría en un campo de sano debate, en el que a los beneficios esgrimidos por los defensores de la inversión, ingresos para Puerto y ciudad, se añadiría el atractivo arquitectónico.
En resumen, el anteproyecto del hotel adjudicado lo considero totalmente inadecuado produciendo un impacto paisajístico negativo y de una gran agresividad en la zona de ubicación con respecto a las instalaciones de cruceros y náutico deportivas existentes.
La pastilla donde se proyecta la construcción del hotel.
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