Resulta difícil negar una tutoría a un alumno que acaba de suspender porque tú estás en huelga cuando sabes que eres el único profesor de la asignatura. Tu contrato es como Asociado y es el de un profesional de reconocida competencia que aportar sus conocimientos de la calle. Como tal, complementario del de otros docentes con vinculación plena. Pero en la práctica no lo es. Hecha la ley, hecha la trampa. La recién derogada Ley Orgánica de Universidades delegaba las funciones de estos profesores en los Estatutos de sus universidades y estos en sus Planes de Ordenación Docente. Dotados de responsabilidad docente plena, el profesor era a casi todos los efectos uno más: coordinaba asignaturas y evalúa actas. Casi, porque carecía de capacidad investigadora y conseguir una licencia para una estancia fuera de su universidad era, cuanto menos, difícil. Porque esta alega que su contrato es para dar clases, no para investigar. Y daba lo mismo que tuvieras toda tu docencia en un cuatrimestre y solo privases a los estudiantes es de unas tutorías presenciales. Esto dificulta tu promoción como profesor, donde se valorará estas estancias y te deja como única solución hacerla por tu cuenta, en vacaciones y sin perder de vista tu otro trabajo, que es el que te da de comer y por el que te contratan. Porque en el culmen del absurdo, para renovar la plaza he llegado a tener que explicar que, como arquitecto, es normal pasar dos trimestres sin apenas ingresos mientras desarrollo un proyecto de grandes dimensiones. Y ya puestos a acreditarme, mientras que un solo informe realizado mediante un contrato de transferencia investigadora al amparo de la Universidad puntúa, la redacción de más de cien informes periciales apenas lo hacen si los elaboro en mi oficina. El profesor y la transferencia de conocimiento son los mismos, la diferencia radica en quién firma el contrato y los honorarios que revierten en la institución. Y así podemos seguir enumerando sin sentidos durante quince años de docencia que puede que acaben en breve. Cuando habrá que volver a concursar por esta misma plaza, pero con solo 120 horas de docencia al año. 10 al mes. A 18,52 euros la hora, si damos esta docencia es por una clara vocación docente. Por 185 euros al mes, el redactor de la ley debería pensar que cualquier profesional de reconocida competencia puede preferir quedarse en su casa. Una garantía de éxito para la Universidad.

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