La tribuna

Antonio Ojeda Avilés

La mal llamada huelga del transporte

HACÍA tiempo que no teníamos una huelga de tan enorme impacto como la que estamos sufriendo. La primera sensación cuando leemos las noticias en prensa o vemos los comentarios de la televisión es la de que se le tiene muchísimo respeto, tanto por los resultados de desabastecimiento que ya se advierten como por las dudas para encontrar una salida pacífica al asunto. Una huelga, se tiene muy presente, está protegida por la Constitución como derecho fundamental de los trabajadores y la autoridad que pretendiera intervenir contra ella debería previamente analizar las normas y sentencias existentes al respecto para ver hasta qué punto hubiera algún resquicio en el ejercicio de ese derecho fundamental. De hecho, las autoridades han emprendido prudentes negociaciones y anuncian medidas potentes (?) para aliviar la situación de los huelguistas y, de paso, la de la ciudadanía en general.

El problema de todo el planteamiento consiste en que nace de unas premisas equivocadas o, al menos, equívocas. Ante todo, no estamos hablando en realidad de huelga, sino de otras acciones conflictivas que suelen acompañarla, pero que tienen una regulación diferente. Por huelga entendemos el cese de la actividad laboral, y lo que los huelguistas del transporte realizan no es solo dejar de trabajar sino, principalmente, situar los camiones en las carreteras y tratar de impedir que otros compañeros puedan romper el bloqueo. Estamos hablando, en consecuencia, de manifestaciones, ocupaciones de la vía pública y piquetes. Las manifestaciones y ocupaciones tienen una regulación que en esencia pasa por la autorización administrativa y el respeto a la libre circulación de las personas. Los piquetes están permitidos en tanto en cuanto son únicamente informativos, pero no coactivos, en cuyo caso pueden caer en ilícito incluso penal.

Pero es que, además, la finalidad de la huelga se sitúa en una zona límite donde cabría discutir hasta qué punto la mera cesación de actividad -piquetes aparte- es lícita. Nos hallamos ante una huelga con finalidad económico-política -es decir, dirigida contra el Estado- al objeto de mejorar las condiciones económicas de los transportistas, y ese objetivo encuentra algunas objeciones porque no es el objetivo normal de esta medida de conflicto, por lo común dirigida a presionar en la negociación del convenio colectivo o de mejoras concretas frente a la contraparte.

Y es que además los transportistas no se dirigen contra la contraparte -es decir, no reivindican frente a los mayoristas o las empresas comitentes una mejora de precios-, sino que piden al Estado una normativa que les beneficie. Ello se debe a que los transportistas de los que hablamos no son trabajadores subordinados que hacen huelga frente a su empresario, sino autónomos en su mayoría que transportan mercancías para cualquier cliente en camiones que son de su propiedad.

Bien es cierto que la reciente Ley 20/2007, del Estatuto del Trabajo Autónomo ha introducido una serie de derechos colectivos que asemejan a los que tienen los empleados, en una evidente aproximación a lo que éstos disfrutan. No obstante, los derechos colectivos sólo vienen reconocidos a los autónomos denominados "económicamente dependientes"; es decir, a quienes trabajan para un solo cliente al menos por el 75 por 100 de sus ingresos. Sin duda que algunos de los transportistas de que hablamos dependen de una sola gran empresa en ese grado, pero la huelga parece que agrupa a pequeños autónomos de todo tipo. Además, la ley citada no reconoce el derecho de huelga dentro de esos derechos colectivos, sino únicamente lo que llama "derecho a la actividad colectiva de defensa de sus intereses profesionales". Si no son trabajadores dependientes, no se trata de una huelga, los piquetes coactivos no son lícitos y la finalidad político-económica es dudosa. ¿De qué diablos estamos hablando?

Estamos hablando de gente que pasa tremendos apuros para poder subsistir con su actividad de transportista libre y, en consecuencia, están dispuestos a arriesgar mucho. Estamos hablando de una minoría de transportistas, porque los demás son conductores a sueldo de grandes empresas del transporte, y esos trabajadores, que sí tienen reconocido el derecho fundamental de huelga, no la hacen. Y estamos hablando, finalmente, de unos márgenes de beneficios muy ajustados que el precio del carburante les está arrebatando, no porque sea imposible aumentarlos, sino porque las grandes empresas del transporte pueden ajustar más los márgenes y se harían con los pedidos de estos minoristas.

En escena se encuentra, por tanto, un drama ya conocido, el de los pequeños empresarios en su lucha contra los grandes, con un final anunciado, como estamos viendo en el comercio de las ciudades o en cualquier otro sector económico. Los pequeños transportistas terminarán como asalariados de los grandes, pero en el camino se dejarán los ahorros invertidos en el camión y sus ilusiones de convertirse, ellos también, en grandes empresario.

¿Debe ayudarles el Estado alterando las tarifas o reduciendo los costes? Cualquier economista nos dirá que no. Sólo se me ocurre una salida honrosa para ambas partes: ayudarles a desembarazarse del camión o a pagar las deudas de su compra.

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