El Ayuntamiento inicia los trámites para regularizar las viviendas en el campo

Luz verde a las ordenanzas que permitirán a los dueños obtener un certificado con el que registrar los inmuebles

Vista de Coín.
Vista de Coín.
R. L. Coín

26 de abril 2013 - 05:01

El Ayuntamiento de Coín dio ayer un paso fundamental para regularizar las viviendas en terrenos no urbanizables, tras la aprobación en el pleno de tres ordenanzas que darán cobertura a este tipo de edificaciones, tal y como marca el Decreto 2/2012 de la Junta de Andalucía, que otorga a los ayuntamiento la potestad de levar a cabo estos trámites.

Antes de llevar a pleno estas ordenanzas, el área de Urbanismo del Ayuntamiento tuvo que realizar un estudio detallado de todas las construcciones en suelo no urbanizable, para detectar si existen asentamientos o simplemente viviendas aisladas en el campo, como es el caso del término municipal de Coín, donde se han cuantificado más de 7.000 construcciones que podrían iniciar los trámites que marca el decreto. El documento elaborado por el departamento de Urbanismo ya ha sido remitido a la delegación de la Junta de Andalucía.ç

Ahora lo que se aprobó en la sesión fue, en primer lugar, la ordenanza que declara en situación asimilada a la legal de fuera de ordenación de usos, construcciones e instalaciones establecidas en suelo no urbanizable. Es decir, según aclaró el concejal del área, Francisco Santos, la ordenanza lo que regula es que las construcciones en el campo no se encuentran inmersas en ningún proceso sancionador, que no están en suelo de especial protecció0n o inundable, así como que tienen más de seis años de antigüedad, que es el tiempo establecido en el decreto de la Junta por el cual ha prescrito el supuesto delito contra la ordenación del territorio.

La segunda de las ordenanzas que se aprobó es reguladora de las normas mínimas de habitabilidad y salubridad de las edificaciones en suelo no urbanizable. Es decir para poder iniciar el proceso de regularización, el propietario tendrá que aportar la documentación de identificación del inmueble afectado, la fecha de terminación de la edificación y la certificación que acredite que reúne las condiciones de seguridad, habitabilidad y salubridad, las cuales se encuentran en la ordenanza recién aprobada.Con estas dos ordenanzas, los titulares de este tipo de construcciones en el campo, podrán solicitar en el ayuntamiento un certificado por el cual podrán iniciar diferentes trámites como registrar la propiedad de la vivienda.

stats