Condenan al Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos por vulnerar derechos de la oposición

El PSOE denunció que el Gobierno local no le facilitó información de expedientes para preparar un pleno

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Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos
Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos / M.H.

El juzgado contencioso número 3 de Málaga ha condenado por vulneración de derechos fundamentales al Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos (PP) por denegar a la a portavoz socialista información para preparar un pleno, según ha informado el PSOE en un comunicado de prensa

El juzgado ha estimado el recurso presentado por la portavoz del PSOE en el consistorio, Carmen Molero, y defendido por el abogado Francisco Javier Conejo Rueda, y ha declarado que la actuación del alcalde, José María Molina Ruz, en relación con la petición de información presentada el día 7-1-2025 por la concejal socialista, "conllevó la vulneración del derecho de información regulado en el artículo 77 de la Ley reguladora de las Bases del Régimen Local (LBRL), y los correlativos artículos 14 a 16 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF), con lesión del derecho fundamental de participación política (artículo 23 de la Constitución Española) del que la citada concejal es titular".

En la sentencia se detalla que la concejala socialista presentó un escrito solicitando el acceso a determinados expedientes para preparar un pleno municipal. En contestación a la solicitud, el alcalde denegó el acceso a esos expedientes aduciendo problemas derivados de la premura de tiempo y del volumen de la información solicitada. Sin embargo, el artículo 46.2 b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local (y art. 84 ROF), dispone que “la documentación íntegra de los asuntos incluidos en el orden del día, que deba servir de base al debate y, en su caso, votación, deberá figurar a disposición de los Concejales o Diputados, desde el mismo día de la convocatoria, en la Secretaría de la Corporación”. En este caso, la convocatoria del pleno se produjo el día 31-12-2024, la solicitud de información el 7-01-2025 y la celebración del pleno el 9-01-2025.

La portavoz socialista Carmen Molero ha criticado que el alcalde “impida que desde la oposición podamos hacer nuestro trabajo de control y fiscalización del gobierno municipal”. “Esta sentencia pone de manifiesto que el Ayuntamiento de Cuevas de San Marcos gobernado por el PP es poco transparente. No es de recibo que tengamos que acudir a los tribunales para que el alcalde nos facilite en tiempo la información que por ley nos tiene que dar”, ha concluido.

El Ayuntamiento recurrirá ante el TSJA

El Consistorio ha anunciado que va a recurrir la sentencia al Tribunal Superior de Andalucía (TSJA) al entender que la Justicia resuelve a favor de la concejala socialista, como si se hubiera denegado el acceso a la información, "cuando sí se llegó a dar acceso a la misma tras la sesión plenaria, debido a la elevada cantidad de documentación solicitada". Asimismo, a esta situación derivada del volumen informativo, "hay que añadir la premura con la que se pidieron los expedientes".

“La información fue solicitada por el Grupo Socialista el día 7 de enero a las 20:55 de la noche, cuando recuerdo que, aún disponiendo este alcalde de cinco días para contestar, se le trasladó que se le estaba preparando la documentación”, ha manifestado el alcalde de Cuevas de San Marcos, José María Molina, haciendo alusión al punto 2 del artículo 14 del Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de las Entidades Locales (ROF).

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