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Los jueces se dividen en las sentencias por delito urbanístico en Marbella

  • El juzgado de lo Penal número 8 ha penado a Julián Muñoz y a otros cinco ex ediles con una multa por una licencia ilegal. Por un delito similar, los ex concejales han sido absueltos o condenados a cárcel.

Málaga. Julián Muñoz y otros cinco ex ediles del GIL han sido condenados al pago de una multa de 3.600 euros y a siete años de inhabilitación para cargo público por un delito urbanístico cometido al autorizar la ejecución de una vivienda en la zona de Artola de Marbella, cuestión dirimida en un juicio celebrado a finales de octubre. La sentencia es del juzgado de lo Penal número 8 de Málaga, que igual que hizo hace pocos días el Penal número 7, ha optado por una multa para penalizar un delito contra el territorio. Pero no todos los jueces han sentenciado así por hechos muy similares: el juzgado de lo Penal número 5 ha dictado ya dos condenas de cárcel y el número 2 se inclinó en su día por la absolución.

El primer juicio por delito urbanístico en Marbella, el del archiconocido caso Banana Beach, recayó en el juzgado de lo Penal número 5, que en marzo de 2005 condenó a Muñoz y a otros seis ex ediles del GIL a seis meses de prisión por dar la licencia para edificar casi 300 viviendas en un suelo no urbanizable. La sentencia fue ratificada por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial y está pendiente de una petición de indulto.

El segundo juicio, el del caso Proinsa, estuvo a cargo del mismo juzgado, que dictó otra sentencia condenatoria, en esta ocasión, de un año de cárcel. El fallo fue confirmado después por la misma Sala.

El tercer procedimiento tuvo un recorrido diferente, aunque el desenlace fue el mismo. El juzgado de lo Penal número 2 absolvió a los ex concejales del delito del que estaban acusados por autorizar el proyecto básico y el de ejecución de seis viviendas. Tras los pertinentes recursos, la Sección Segunda revocó el fallo y condenó a los procesados a un año de cárcel. Este caso supuso la primera pena por un delito urbanístico contra Pedro Román.

Más reciente es la condena a una multa dictada por el juzgado de lo Penal número 7. Hace apenas una semana, condenó a Muñoz al pago de unos 9.000 euros y a nueve años de inhabilitación. A los otros ex ediles –tres de ellos, como Muñoz y Román, se conformaron y dos se sentaron en el banquillo– también se les impuso una multa. Tanto la pena de cárcel como la de multa van acompañadas de inhabilitación en el Código Penal.

En la última sentencia por un delito urbanístico en Marbella, la del juzgado de lo Penal número 8 que ha sancionado con una multa a los ex concejales por el caso Artola, hay varios aspectos destacables. Por ejemplo, la Fiscalía pidió tras el juicio un año y medio de prisión para cada uno de ellos por un delito continuado contra la ordenación del territorio, ya que la construcción se autorizó en dos comisiones de gobierno diferentes.

La juez, que está pendiente de dictar otra sentencia, la del caso Incopromar, considera en la sentencia que los ex concejales de Marbella no cometieron ningún delito cuando, el 13 de febrero de 1998, concedieron la licencia al proyecto básico de construcción de la vivienda, ya que el expediente tenía un informe favorable. El escrito luego resultó “erróneo”, pero la magistrada entiende que los ex ediles no tenían por qué saber que esto era así. Éste es el motivo por el que Pedro Román, que presidió esa comisión de gobierno, ha sido absuelto.

Sí ve delito, en cambio, en la autorización al proyecto de ejecución, que cree tan “esencial” para una obra como el básico. Se dio el 10 de julio de 1998, después de que la construcción fuera denunciada en el juzgado. La juez entiende que este extremo debía ser conocido por los ex concejales del GIL.

La magistrada, a la hora de dictar sentencia, ha tenido en cuenta la dilación del procedimiento. Sobre la posibilidad de condenar a cárcel o a multa, se ha decantado por esta última opción por “la menor entidad del hecho, puesto que se trataba de la concesión de una licencia para una sola vivienda”.

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