Nerja sortea 11 viviendas de VPO para jóvenes menores de 35 años: 56 optantes y 465 excluidos
El acto supervisado por un notario se celebrará el martes 27 de mayo de 2025 a las 17:00 horas en el Centro Cultural del municipio
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La falta de vivienda es uno de los mayores problemas de España, especialmente en los municipios con más habitantes. Para paliar esta problemática, Nerja inició en 2022 la construcción de 11 viviendas VPO para jóvenes menores de 35 años, en régimen de alquiler asequible, proyecto que contó con una inversión 1.450.269,06 euros. Así, ahora, la Junta de Gobierno ha aprobado el listado definitivo de solicitantes admitidos y excluidos que optan a estos inmuebles.
El próximo 27 de mayo de 2025 a las 17:00 horas en el Centro Cultural del municipio se llevará a cabo el sorteo. Un total de 56 personas optarán a las viviendas, 465 fueron excluidos previamente.
Estos inmuebles, construidos por el Ayuntamiento en la calle Zurbarán, forman parte de un proyecto para facilitar el acceso a una vivienda digna a los jóvenes del municipio y fomentar su arraigo en la localidad.
Los 11 inmuebles están distribuidos en un edificio de dos plantas sobre rasante, con salón-comedor, cocina, baño y 2 o 3 dormitorios, y disponen de una planta sótano con aparcamientos y trasteros.
El sorteo, supervisado por un notario para garantizar transparencia y equidad, será abierto al público, por lo que cualquier persona interesada podrá asistir.
Requisitos exigidos por Nerja para optar a la vivienda
El sorteo será el sistema elegido para la adjudicación de las viviendas entre los solicitantes inscritos en el Registro Público Municipal de Demandantes de Vivienda con los siguientes requisitos:
- Grupo especial de jóvenes menores de 35 años
- Régimen de alquiler o de alquiler con opción de compra
- Vivienda de dos dormitorios (2 viviendas) para unidades familiares sin hijos o con un hijo, o de tres dormitorios (9 viviendas) para unidades familiares con uno o dos hijos
- Tener ingresos familiares que no superen cuatro veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), pero suficientes para abonar la renta establecida, con un mínimo de dos veces el IPREM, en atención a lo dispuesto en el artículo 23.3 del Plan Vive Andalucía (Decreto 91/2020 de 30 de junio).
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