Condenado a 8 años y medio de prisión por intentar matar a un médico con unas tijeras
El Tribunal ha acordado que el agresor deberá indemnizar a la víctima con 8.250 euros y que continuará en prisión provisional hasta la firmeza de la sentencia
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La Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Balears ha condenado a un hombre a ocho años y seis meses de cárcel por intentar matara a un médico con unas tijeras en febrero del año pasado en una clínica en Palma. La Sala considera probado que el sanitario advirtió al condenado de que mientras le atendía le estaba grabando sin su consentimiento y que le iba a apagar el teléfono. Según el Tribunal, el procesado de manera sorpresiva saltó de la camilla se dirigió al doctor por la espalda y empleando unas tijeras quirúrgicas que se encontraban en la sala, le atestó varias puñaladas en el cuello y en el pecho.
Los magistrados señalan en su sentencia que “la versión autoexculpatoria dada por el procesado está totalmente huérfana de apoyo probatorio, nadie ni nada la avala”. En cambio, el Tribunal destaca la declaración de dos testigos que relataron cómo vieron el forcejeo entre ambos y que las tijeras estaban en posesión del procesado. Dichos testigos aseguran que el doctor únicamente trató de inmovilizar al agresor que “tenía las tijeras en la mano”.
La Sala también apunta que los policías que intervinieron en el incidente no apreciaron sangre ni lesiones en el procesado, “mientras que sí vieron erosiones a simple vista en el cuello del doctor, a la altura de la yugular”. El Tribunal considera que los hechos declarados probados conforme a la prueba practicada en el juicio son subsumibles en un delito de tentativa de asesinato. Dado que el instrumento empleado por el condenado, “el lugar de las lesiones ocasionadas a la víctima y el número de puñaladas revelan un claro ánimo de matar”.
Los magistrados insisten en que el ataque se dirigió contra zonas vitales como el pecho y el cuello. “Lo anterior conlleva un claro ánimo de querer causar la muerte de la otra persona, a la vez que supone una acción sorpresiva, caracterizada por un ataque súbito, inesperado, repentino e imprevisto, aprovechándose que la víctima se encontraba en la camilla y de espaldas a su agresor”, señalan los jueces.
El Tribunal ha acordado que el agresor no podrá acercarse, ni tampoco comunicarse con la víctima durante quince años y deberá indemnizarla con 8.250 euros. Los magistrados también han decidido la expulsión del procesado del territorio español una vez haya cumplido las tres cuartas partes de la pena impuesta, con prohibición de regresar a España por un plazo de diez años. La Sala por el momento le mantiene en prisión provisional hasta la firmeza de la sentencia. La sentencia no es firme cabe recurso ante el Tribunal Superior de Justicia de les Illes Balears.
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