El Plan General de Ordenación Urbanística de Málaga establece tres categorías genéricas de suelo:
- Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Legislación Específica, o Áreas de Protección Ambiental
- Suelo No Urbanizable de Especial Protección por Planificación Territorial y Urbanística, o Áreas de Interés Territorial
- Suelo no urbanizable de carácter natural-rural
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