Málaga

La Audiencia de Málaga impone 37 años de cárcel al kamikaze de la calle Larios

  • El tribunal le aplica un atenuante de anomalía psíquica porque la capacidad para comprender y desear del conductor sólo estaba "levemente" afectada cuando atropelló e hirió a cinco transeúntes

El conductor kamikaze que el 30 de agosto de 2008 irrumpió con su vehículo en la calle Larios atropellando e hiriendo de gravedad a cinco personas ha sido condenado a 37 años y medio de cárcel por cinco asesinatos en grado de tentativa. El tribunal ha rebajado en un grado la pena al apreciar en Antonio Bravo un atenuante de anomalía psíquica que puede afectar "parcialmente las capacidades volitivas en determinadas ocasiones". Es decir, su voluntad puede verse alterada, pero en cualquier caso los atropellos los cometió "directa, material e intencionadamente". Por eso, en lugar de los ocho años por cada delito tal y como pedía la Fiscalía le ha impuesto siete años y medio.

El imputabilidad o no del conductor, agente jubilado de la guardia civil por problemas psiquiátricos, era la clave de este juicio puesto que Antonio Bravo no negó los hechos, pero aludió a sus alteraciones mentales para justificarlos. Argumentó que aquel día sentía una rabia incontrolable que le empujaba a querer hacerse daño a sí mismo y a los demás. De hecho, su defensa, que calificó lo ocurrido aquella mañana de delito de lesiones, pidió que se le aplicara la eximente completa por enajenación y solicitó que se le internara en un centro, mientras que el fiscal de Seguridad Vial, Javier de Torres, mantuvo en todo momento que Antonio Bravo actuó en plenas condiciones psíquicas.

El tribunal hace alusión en la sentencia a los criterios emitidos por los psiquiatras y peritos durante el juicio, puesto que los primeros que le trataron coincidieron en señalar que tenía sus facultades intelectuales y su voluntad intactas y que cometió los atropellos con plena consciencia de lo que hacía. Sin embargo, el psiquiatra que le atendió posteriormente en el centro penitenciario psiquiátrico de Sevilla precisó que tenía capacidad para decidir pero siempre en función de la realidad distorsionada que percibía.

Frente a ambos criterios la sentencia determina que en el momento de ocurrir los hechos "el acusado padecía un trastorno de personalidad con ideas delirantes que afectaba especialmente a la realidad", pero que esa alteración sólo influyó "levemente" en su capacidad volitiva y cognitiva, o sea en sus posibilidades reales de querer y entender.

La sentencia explica que los atropellos son constitutivos de un delito de intento de homicidio y no de lesiones como pretendía la defensa porque los atropellos y embestidas con el coche confirman la existencia de "voluntad de matar", de forma alevosa y sin riesgo para su persona sin que las víctimas, en cambio, tuvieran opción de defenderse porque se trató de un "ataque súbito, inesperado, imprevisto, fulgurante y repentino".

El tribunal de la Sección Primera de la Audiencia de Málaga también obliga al acusado a indemnizar a las tres víctimas que han exigido en la vía penal ser resarcidos. La ciudadana italiana Assunta Masstroiani, que tardó 180 días en recuperarse de las heridas y que todavía padece entre otras secuelas estrés postraumático, deberá recibir 39.963, mientras que la indemnización fijada para su marido que sufrió traumatismos craneal y facial ha quedado determinada en 1.031 euros. Ambos fueron arrollados al inicio de la calle Larios.

La indemnización para Encarnación Cienfuegos, atropellada junto a su esposo Antonio González en la Plaza de la Constitución, la ha fijado el tribunal en 15.420 euros.

La sentencia también obliga a la compañía aseguradora Reale a responder de forma directa y solidaria con el condenado de las cantidades impuestas para resarcir a las víctimas.

Los otros dos heridos, la alemana Christine Albrecht, que necesitó 284 días para sobreponerse a las lesiones y que le ha quedado entre otras consecuencias un deterioro moderado de las funciones cerebrales superiores, y el español Antonio González, que empleó 30 días en superar los traumatismos ocasionados por el kamikaze, han anunciado que reclamarán las indemnizaciones en la vía civil.

En el relato de hechos probados el tribunal detalla que entre las 11:30 y 12:00 del 30 de agosto de 2008, Antonio Bravo conducía un coche de su propiedad asegurado a nombre de su hermana cuando se introdujo entre los maceteros que cierran al tráfico la calle Larios en su confluencia con la Plaza de la Marina.

Ese último sábado de agosto de 2008 los peatones paseaban "confiadamente" cuando el automóvil aceleró bruscamente atropellando primero Assunta Mastroiani y Mario Quarta. A una velocidad aproximada a 60 ó 70 kilómetros por hora siguió calle Larios arriba, esquivó a una persona en silla de ruedas y embistió a la familia Albrecht, hiriendo de gravedad a Christine ya casi en la entrada de la Plaza de la Constitución, donde dio la vuelta para desandar el camino después de arrollar a Encarnación y Antonio González.

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