El Ayuntamiento de Benamocarra es condenado a pagar 1,4 millones

Un juzgado estima la reclamación de una empresa por certificaciones de obras del instituto

Ep Málaga

16 de junio 2014 - 01:00

El Juzgado Contencioso-Administrativo número 3 de Málaga ha declarado ajustada a derecho la reclamación realizada por la empresa que construyó el instituto de Benamocarra y condena a su Ayuntamiento a abonar varias certificaciones de obras, por valor de 1,4 millones de euros, así como a devolver el aval de 104.300 euros y al pago de los intereses.

La sentencia no es firme y de hecho, según el alcalde, Abdeslam Lucena, se ha presentado un recurso en el que, entre otros aspectos, se insta "a emplazar a la Junta de Andalucía porque a día de hoy no ha pagado toda la financiación al Ayuntamiento". Asimismo, apuntó que "existe un procedimiento judicial en el que se reclama al Gobierno andaluz a pagar todas estas cantidades".

La mercantil presentó en octubre de 2010 un recurso contra la desestimación de la reclamación de recepción de obras, el pago de cinco certificaciones de obras e intereses, que fue presentada ante el Consistorio en julio de ese mismo año. Se explicaba que durante el desarrollo del contrato de ejecución se fueron emitiendo certificaciones conforme a lo establecido.

En total fueron 20, la última -que es una de las que está en este litigio- resultante de un modificado y reformado del proyecto que fue aprobado por el organismo dependiente de la Consejería de Educación, propietaria del edificio. Se relataba por la empresa, según consta en la sentencia, que las obras se realizaron "a satisfacción de la administración contratante".

Pero, a pesar de ello, "no se abonaron las certificaciones 16 a 19, resultantes del proyecto y contrato inicial -por valor de 1,06 millones-; ni la número 20 -390.000 euros-, derivada del reformado posterior y final de obras", según la demandante. Por su parte, el Ayuntamiento consideró improcedente las peticiones realizadas por la empresa por varios motivos, pidiendo que se dictara una sentencia desestimatoria.

Para el juez, resulta "incomprensible" que "se aduzcan como motivos del impago de las certificaciones 16 a 19 que el Ayuntamiento no ha recibido el importe completo de la subvención cuando los trabajos se habían realizado". "Dicha negativa resulta del todo punto inadmisible pues la contratista no es responsable de dicha situación", se apunta, añadiendo que no se niega "que las certificaciones fueron aprobadas en junta de gobierno local".

stats