Málaga

Entra en vigor la convocatoria de ayudas a pequeños comercios y bares de Málaga afectados por el Covid

  • Los interesados tienen un plazo de veinte días para presentar sus solicitudes 

  • El montante global alcanza los 5 millones de euros

El empleado de un bar del Centro de Málaga en el momento en que monta la terraza.

El empleado de un bar del Centro de Málaga en el momento en que monta la terraza. / Javier Albiñana

La convocatoria de ayudas impulsada por el Ayuntamiento de Málaga para minimizar el efecto que la pandemia del Covid está teniendo sobre el sector de la hostelería y el comercio de la capital entra en vigor. La publicación este lunes en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP) de Málaga pone en marcha el contador del que disponen todos los interesados para formular sus solicitudes, que pueden alcanzar los 3.000 euros de compensación. De acuerdo con las bases que rigen esta iniciativa, disponen de un plazo de veinte días para presentar las proposiciones.

El montante global destinado inicialmente alcanza los 5 millones de euros, si bien el equipo de gobierno abre la puerta a inyectar otras aportaciones en caso de que sean muchas más las peticiones de ayuda recibidas. El objetivo de esta acción es facilitar el cumplimiento de las obligaciones empresariales y el mantenimiento de la actividad y el empleo de los autónomos y pequeñas y medianas empresas de ambos sectores.

Los beneficiarios tendrán que cumplir una serie de requisitos. Entre ellos está el de demostrar una reducción en la facturación. En este sentido, las bases fijan una horquilla de la subvención en función de estas pérdidas. En el supuesto de que el peticionario constate una reducción de entre el 30% y menos de un 40%, la ayuda será de 2.000 euros. La cuantía crecerá hasta los 2.500 euros si la caída de la facturación se encuentra entre el 40% y el 60%, y será de 3.000 euros si este porcentaje es superior al 60%.

Se detalla que una misma persona, física o jurídica, tan sólo podrá percibir una ayuda de la cuantía anteriormente señalada y con los límites antes expresados, por cada uno de los establecimientos de los que sea titular en este municipio, y ello con independencia de que pudiera  desarrollar en éstos distintas actividades.

Las ayudas, que ven la luz casi tres meses después de que fuesen anunciadas, son compatibles con la percepción por el beneficiario de cualquier otra subvención, ingresos o recursos procedentes de cualquier Administración o entidad, pública o privada, que se dirija a la misma finalidad y sea consecuencia de la crisis provocada por la Covid-19.

¿Quiénes se suenen beneficiar? Sobre este particular, en la publicación del BOP se precisa que lo podrán ser las personas físicas o jurídicas, sociedades civiles y comunidades de bienes, legalmente constituidas a fecha 1 de marzo de 2020, que reúnan distintos requisitos, entre ellos que cuya actividad sea de comercio o de hostelería ejercida en un establecimiento del municipio de Málaga, que hayan producido el cierre de la actividad al público o limitación de éste en virtud de lo dispuesto por el artículo 10 del R.D. 463/2020, de 14 de marzo.

A esto hay que sumar que estén encuadrados en el comercio al por menor en sus múltiples tipologías; en cafeterías; cafés y bares, con y sin comida; servicios en chocolaterías, heladerías y horchaterías; agencias de viajes; enseñanza no reglada de formación y perfeccionamiento profesional y educación superior, instalaciones deportivas y servicios de perfeccionamiento del deporte; lavanderías, tintorerías y servicios similares; salones de peluquería e institutos de belleza; servicios fotográficos, máquinas automáticas fotográficas y servicios de fotocopias; o de similares características.

Asimismo, entre otros requisitos, que resulten obligadas al pago por las actividades desarrolladas en el referido establecimiento de la tasa (enero de 2020) o de la prestación patrimonial de carácter público no tributario (desde julio de 2020) por el servicio de recogida de basuras por actividades económicas con una superficie de hasta 300 metros cuadrados y se encuentren al corriente de pago de las mismas; así como que su facturación correspondiente al año 2020 haya disminuido al menos un 30 por ciento en comparación con el año 2019.

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