Pérez Saldaña fue coaccionado por congelar las ayudas a FARA

La sentencia concluye que el ex presidente del colectivo "intimidó" al entonces consejero

Ep / Málaga

09 de octubre 2008 - 01:00

La Audiencia Provincial de Málaga concluye que las llamadas que recibió el ex consejero de Asuntos Sociales de la Junta de Andalucía Isaías Pérez Saldaña en las que se le advertía de que tuviera cuidado de las decisiones que tomaba y por las que se acusó al ex presidente de la Federación Andaluza de Asociaciones Romaníes (FARA) Vicente R. de coacciones "estaban necesariamente relacionadas con el conflicto surgido a raíz de la congelación de las subvenciones" que la Junta de Andalucía otorgaba al colectivo.

En la sentencia de la Sección Segunda, se señala que Vicente R., principal acusado en el llamado caso FARA y conocido como El Querillo, "intimidó" al entonces consejero "por medio de llamadas telefónicas que por su encargo efectuaban personas no identificadas". De hecho, la Sala condenó a Vicente R. a 18 meses de cárcel por un delito de coacciones.

"No hubo lugar a la casualidad de que justo en el momento en que se daban las graves fricciones entre FARA y la Consejería se hubiesen producido las referidas llamadas telefónicas de modo que, por la única razón del desconocimiento de sus concretos autores, deba negarse la relación entre ellas y el comentado conflicto", señala el Tribunal, quien condena también al ex presidente del colectivo por un delito de amenazas a 15 meses de prisión.

La Sección Segunda condenó, además, a los acusados Raimond H. y a Valeriano G. por un delito de falsedad, imponiendo a cada uno una pena de 18 meses de cárcel y una multa de 3.240 euros. Asimismo, condenó a José M., también por un delito de amenazas a 15 meses. Por contra, absolvió a nueve de los 13 acusados de todas las imputaciones y también a Vicente R. del delito de apropiación indebida.

En el fallo de la sentencia se apunta a que la absolución se produce "como consecuencia de la falta de pruebas derivada de la anulación de las intervenciones telefónicas", que tuvo lugar en mayo de 2007 cuando la Sala aceptó la petición de las defensas de anular las escuchas al considerar que ni las solicitudes policiales ni los autos del juzgado en los que se autorizaron cumplían lo exigido por ley y al apuntar que el Tribunal Supremo ya había anulado unas intervenciones que surgieron de un informe policial común con esta causa. El Tribunal manifiesta que se autorizaron intervenciones para seguir una nueva línea de investigación "para las que no resultaban necesarias", ya que "hubiese bastado profundizar en la investigación exclusivamente económica para conocer la base de la imputación".

No hay comentarios

Ver los Comentarios

También te puede interesar

Lo último