Archivada la causa del caso del crecepelo administrado por error a niños en Málaga
El fiscal considera que las lesiones deben ser consideradas como constitutivas de delito leve de lesiones
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Una veintena de menores de Málaga se vieron afectados por hipertricosis, una enfermedad que provoca el crecimiento del vello por todo el cuerpo, al consumir por error minoxidil en lugar de omeprazol. La Fiscalía de Málaga ha pedido el sobreseimiento provisional de la causa que se sigue en el Juzgado de Instrucción 1 de Málaga por este caso que afectó a 21 niños.
Para el fiscal no existe base probatoria suficiente para formular acusación contra las cuatro personas investigadas "sin perjuicio del ejercicio de las acciones civiles que correspondan", según indica el escrito al que ha tenido acceso EFE.
La acusación pública determina que "la causa de dicha ingesta se debió a un error de la farmacéutica" pero que los menores afectados "no han necesitado más que una asistencia facultativa", pues el vello que creció a consecuencia de la ingesta del minoxidil, una vez que este dejó de suministrarse, se les ha ido cayendo paulatinamente y ninguno presenta efectos secundarios.
Por ello, el fiscal considera que las lesiones deben ser consideradas como constitutivas de delito leve de lesiones, que el Código Penal no castiga en su modalidad imprudente por lo que procede el sobreseimiento provisional de las actuaciones".
Protector de estómago con crecepelo
El caso se remonta al año 2018, saltando a los juzgados en el 2021. Un lote de un producto o medicamento, supuestamente omeprazol y fabricado por unos laboratorios de La India, llegó con su pertinente certificado de análisis al aeropuerto de Niza (Francia) en abril de 2018.
Desde allí fue introducido y distribuido en España por una empresa y adquirido a continuación -en mayo- por Farmaquímica, donde fue fraccionado en lotes para su posterior distribución en el mercado. Pero antes de eso, la empresa malagueña efectuó el correspondiente análisis técnico del producto a granel que determinó que el principio activo que contenía el envase original adquirido era omeprazol.
Al año siguiente, en julio de 2019, tras una alerta de calidad se realizaron análisis en los laboratorios de la AEMPS que determinaron que el lote en cuestión contenía en realidad minoxidil.
Así, se acordó la retirada del producto del mercado y una inspección a la entidad, a las áreas y actividades relacionadas con la recepción, almacenamiento, fraccionamiento (reenvasado) y control de calidad (servicio subcontratado).
Por un lado, se comprobó que el principio activo en el envase original procedente de los laboratorios de La India era 'omeprazol' y, por otro, la existencia de diferentes "prácticas contrarias a los principios de las normas de correcta fabricación", relativas a la falta de trazabilidad y controles de las operaciones de fraccionamiento y reenvasado de Farmaquímica.
Las pesquisas policiales verificaron que en 2018 y 2019 se habían realizado "numerosas fragmentaciones" de lotes originarios con principio activo 'omeprazol' y también con 'minoxidil'.
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