Ayuda del SEPE para malagueños mayores de 52 años: requisitos, cómo solicitarla y cuantías
Esta ayuda es igual al 80% del IMPREM, por lo que en este 2025 es de 480 euros al mes
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El Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) ofrece una serie de subsidios que pueden solicitar las personas. Una de estas está enfocada para personas mayores de 52 años, y que, en líneas generales, agotara la prestación por desempleo.
Esta ayuda es igual al 80% del IMPREM, por lo que en este año sería de 480 euros al mes. Las personas que quieran solicitarla podrán hacerlo tanto de forma telemática así como de forma presencial en las oficinas de prestaciones.
Requisitos de la ayuda para mayores de 52 años
Los requisitos para esta ayuda del SEPE son las siguientes:
- En primer lugar, haber agotado una prestación contributiva por desempleo - se elimina la exigencia de estar inscrito como demandante de empleo durante el plazo de un mes- o acreditar que se encuentra en situación legal de desempleo al 1 de noviembre de 2024 o con posterioridad.
- Tener 52 años en el momento en el que se den una de las dos situaciones indicadas anteriormente.
- Estar en desempleo total o con un trabajo a tiempo parcial.
- En el momento del reconocimiento del derecho, estar inscrito como demandante de empleo.
También pueden solicitar este subsidio si se cumplen todos los requisitos mencionados anteriormente, salvo el de la edad, cuando se le agote la prestación. Eso sí, no se podrá solicitar hasta que se cumplan los 52 años, y en este momento, también cumplir los requisitos de carencia de rentas, y hayas permanecido inscrito o inscrita ininterrumpidamente como demandante de empleo desde el momento en el que finalizó la prestación contributiva o de la situación legal de desempleo, hasta la fecha de la solicitud del subsidio. O también haber cotizado efectivamente en España por la contingencia de desempleo durante, al menos, seis años a lo largo de tu vida laboral.
El SEPE señala que igualmente se podrá pedir esta ayuda si se reúnen las características anteriormente mencionadas y se cumplen los 52 años durante la percepción de los siguientes subsidios:
- Agotamiento de la prestación contributiva.
- Cotización insuficiente para prestación contributiva.
- Si has percibido o agotado la Renta Activa de Inserción, la prestación por cese de actividad o el subsidio extraordinario por desempleo, no puedes acceder al subsidio de mayor de 52 años.
Duración y cuantía de la ayuda
Sobre la duración en la que se podrán beneficiar los solicitantes de esta ayuda, será hasta que se alcance la edad que se exija para pedir la jubilación.
Y respecto a la cuantía mensual de este subsidio, el SEPE explica que esta es igual al 80% del indicador público de renta de efectos múltiples, el IMPREM. En este 2025, es de 600 euros, por lo que esta ayuda es de 480 euros.
Plazos y cómo solicitar este subsidio
La ayuda a mayores de 52 años se podrá solicitar en un plazo de 15 días hábiles siguientes al momento en el que se agote el subsidio. En el caso en el que se realice la petición fuera de dicho plazo, el derecho a esta ayuda comenzará al día siguiente de presentar la solicitud.
Además, la persona que quiera beneficiarse de esta tendrá que presentar ante el Servicio Público de Empleo Estatal una declaración de sus rentas cada doce meses, a contar desde la fecha del nacimiento del derecho al subsidio o desde la fecha en la que se haya reanudado por última vez. El plazo para presentar esta declaración es de 15 días a partir de aquel en el que se cumplan los doce meses. En el caso de que no se presenten esta declaración en el plazo indicado, se interrumpirá el pago del subsidio y de la cotización a la Seguridad Social.
El SEPE señala que los beneficiarios de esta ayuda para mayores de 52 años podrás firmar un Convenio Especial, a través de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social, para completar la cotización por jubilación que efectúa el Servicio Público de Empleo Estatal.
La solicitud para esta ayuda puede presentarse a través de:
- La sede electrónica del SEPE.
- En la oficina de prestaciones (tras la obtención de cita previa en la sede electrónica del SEPE o por teléfono).
- En cualquier oficina de registro público.
- Por correo administrativo.
- Puedes obtener más información en el teléfono de atención al ciudadano.
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