¿Sabías que ser cofrade en Málaga te desgrava en la Declaración de la Renta?

La campaña del ejercicio de 2023 ha comenzado, y se extenderá hasta el próximo 1 de julio

Todos los puntos en los que se puede presentar la Declaración de la Renta en Málaga

Declaración de la Renta 2023: fechas, oficinas y novedades

Nazarenos de El Rocío preparados
Nazarenos de El Rocío preparados / Javier Albiñana

La campaña de la Declaración de la Renta 2023 comenzó este miércoles 3 de abril, y se extenderá hasta el próximo 1 de julio. A principios de año conocíamos algunas de las novedades de este ejercicio el primero ha sido la ampliación del tiempo para realizarla, así como que se ha convocado antes que en otras ocasiones. Pero, lo que mucha gente no sabe es que existen ciertas acciones que te desgravan. Por ejemplo, ser parte de una Hermandad o Cofradía puede beneficiar a la hora de realizar la declaración de la Renta.

Esto se debe a que muchas Hermandades son consideradas como entidades sin ánimo de lucro ante la Agencia Tributaria y que la Ley 49/2002 sobre Régimen Fiscal de Entidades sin Fines Lucrativos y de los Incentivos Fiscales al Mecenazgo permite desgravar parte de las donaciones como también ocurre con muchas otras ONGs y entidades similares.

Cuánto y cómo se desgravan las donaciones a las Hermandades en la declaración de la Renta

Las donaciones a las Hermandades y Cofradías se tratan como el resto de donaciones, por lo que deben ser voluntarias y sin ánimo de lucro, es decir, la persona no debe recibir nada a cambio de la misma o no podrá desgravarla en la declaración.

En este sentido, la ley permite una reducción de hasta el 80% en los primeros 150 euros y una reducción del 35% en el resto de la cantidad donada. Por otra parte, la ley contempla que esta última pueda llegar hasta el 40% si en los dos años inmediatamente anteriores se han realizado donaciones de cantidades similares.

Según recuerdan desde JRA Economistas, es necesario que la Hermandad a la que se realizan las donaciones esté acogida al régimen especial de la ley ya mencionada. Esto se puede comprobar en la Tesorería de la Seguridad Social.

Si lo está, se debe pedir una certificación a la Hermandad con la que se justifican las cuotas y donaciones. Así, la Hermandad remitirá a la Agencia Tributaria la información correspondiente y la donación aparecerá directamente en el borrador de la declaración de la Renta.

Hay que tener también en cuenta que solo podrá desgravarse las cuotas de una sola persona, aunque la misma pague la cuota de familiares u otras terceras personas.

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