Condenada a más de tres años de cárcel por vender droga desde una tienda de alimentación de Vélez Málaga

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía ratifica la sentencia de la Audiencia provincial

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Ciudad de la Justicia.
Ciudad de la Justicia. / Javier Albiñana

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha confirmado la pena de tres años y tres meses de prisión impuesta a una mujer, encargada de un establecimiento de alimentación de la localidad de Vélez-Málaga, por vender droga desde la tienda, donde los investigadores encontraron distintas sustancias estupefacientes. Así, el TSJA rechaza el recurso presentado por la defensa de la acusada contra la sentencia de la Audiencia de Málaga y ratifica en su resolución, a la que ha tenido acceso Europa Press, los hechos declarados probados por la Sala malagueña, en la que se señalaba que el operativo policial tuvo lugar en julio de 2023.

Según la sentencia, la Unidad de Delincuencia Especializada y Violenta de la Comisaría de Policía Nacional de la localidad recibió informaciones anónimas sobre un establecimiento de alimentación de la localidad malagueña de Vélez-Málaga, estaba siendo utilizado como punto de venta a pequeña escala de sustancias estupefacientes. Así, los agentes observaron a la acusada, encargada del referido establecimiento, en la puerta del mismo "en actitud vigilante" y vieron que, a continuación, llegaron dos mujeres, entrando las tres al establecimiento, tras mirar la acusada repetidamente a ambos lados de la calle.

Tras eso, los agentes entraron en el local a fin de realizar una inspección y registro del mismo. Allí encontraron un monedero azul oculto debajo de la repisa más cercana al suelo de una estantería de la tienda y tras unas garrafas de agua, que contenía varios envoltorios que contenían droga. En concreto había 114 envoltorios de plástico, térmicamente sellados, con cocaína, que habría tenido un valor de venta en el mercado ilícito de 3.423,80 euros; y otros 86, también térmicamente sellados, con una sustancia que resultó ser heroína, valorada en dicho mercado en 1.139,07 euros.

Esta sustancia estupefaciente "que iba a ser destinada a la venta a terceros", confirma la Sala de apelación, al igual que ya hizo el Tribunal de Málaga. Además, en la inspección practicada también se intervinieron 440 euros procedentes de la actividad ilícita indicada, la mayor parte de la cantidad en poder de la acusada. Por estos hechos, se condenó a la mujer por un delito contra la salud pública a la pena de tres años y tres meses de prisión y el pago de una multa de 18.250 euros. Contra esta decisión, su defensa presentó un recurso, con hasta cuatro alegaciones, que, no obstante, ahora ha sido rechazado.

Para la Sala del alto Tribunal andaluz, el recurso "no hace más que reiterar los argumentos tendentes a convencer a este tribunal de segunda instancia de que se produjo el indicado error valorativo por parte de la Audiencia de origen y que del mismo derivó una vulneración del derecho a la presunción de inocencia". El TSJA dice que "no encuentra en las consideraciones que la Audiencia dedica en la sentencia apelada a la valoración de la prueba ningún error sustancial" y añade que el destino de la droga "era patente" y resultaba "absolutamente obvio" que era para venderla, con independencia de que no se encontraran otros útiles para preparar las dosis.

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