Condenados por blanqueo y fraude fiscal a través de empresas vinculadas a clubes de alterne de Málaga

La resolución declara que de 1995 a 2009 el principal acusado obtuvo "cuantiosos beneficios, ocultando parte a la Agencia Tributaria

Ciudad de la Justicia. / Javier Albiñana

La Audiencia de Málaga ha condenado a dos hombres por delitos de blanqueo de capitales y contra la Hacienda Pública a través de empresas que estuvieron vinculadas a la gestión y explotación de clubes de alterne de Málaga y Córdoba. Así, se les impone a cada uno una pena de 16 años de cárcel y, además, se condena a otros cuatro procesados. La causa comenzó a investigarse en 2009 y ya se juzgó en otra pieza separada a una veintena de personas acusadas en relación con la gestión de dichos locales de alterne; una causa en la que fue condenado en 2021 --y confirmado por el Tribunal Supremo en 2023-- el principal procesado y su "hombre de confianza", que ejercía como testaferro, por delitos contra los derechos de los trabajadores.

Según se declara probado en la sentencia dictada ahora, el principal acusado explotaba varios negocios de alterne y prostitución en tres locales. En un principio gestionaba dos locales y luego se alejó aparentemente de la llevanza de estos y arrendó los inmuebles en los que se desarrollaban las actividades a sociedades gestoras constituidas y controladas por él, pero no directamente. La resolución de la Sección Segunda, de 277 folios y a la que ha tenido acceso Europa Press, declara que de 1995 a 2009 el principal acusado obtuvo "cuantiosos beneficios, ocultando parte a la Agencia Tributaria, que fue colocando en el sistema financiero y mercantil". Se han analizado siete empresas, con objeto social la explotación en alquiler o propiedad de negocios de hostelería.

El Tribunal afirma que los dos principales acusados "colocaban en el tráfico jurídico las ganancias obtenidas en el negocio de alterne y prostitución a través de varias de estas mercantiles y ocultaban parte de ellas a la Hacienda Pública". En este sentido, se señala que "no se estaba tributando en sintonía con la cuantía real de los beneficios obtenidos". La sentencia indica que la fuente más importante de financiación del principal acusado han sido los ingresos derivados de la explotación de los clubes, "luego ocultados en parte a Hacienda, mediante la defraudación fiscal, incorporándolos al tráfico jurídico mediante la compra de inmuebles, vehículos, barcos, con la finalidad de ocultar su verdadera procedencia".

Según se precisa, hasta 2009, a este le consta en su patrimonio, además del dinero en las cuentas bancarias, "cinco edificios destinados a establecimientos hoteleros, cuatro chalets, una estación de servicio, nueve pisos, diez aparcamientos, cuatro trasteros, una parcela, una nave, cuatro dúplex, dos embarcaciones, un ático y tres locales". También es característica la actividad bancaria "con la constante circulación de dinero entre cuentas, la suscripción sistemática de fondos de inversión que se reembolsan transcurrido un tiempo, la contratación de préstamos hipotecarios que se amortizan con ingresos en efectivo y transferencias entre empresas del grupo, e incluso utilizando a sus hijos como titulares de productos bancarios".

Otro mecanismo para integrar el dinero obtenido, según la Sala, es la configuración de arrendamientos y préstamos simulados entre empresas del grupo o entre personas físicas, "operaciones en ocasiones ilógicas, cuyo fin es la integración del efectivo en el circuito legal" e "impedir su localización", al carecer de una justificación económica valida".

Para toda esta actividad, habría contado con su mano derecha y otros acusados. Así, se señala que dos procesados que también han sido condenados realizaron ingresos o transferencias de dinero en las cuentas de las sociedades controladas por el principal investigado. Uno era administrador de una de las mercantiles y el otro llevó la contabilidad. Según la Sala, ambos "sabían que los arrendamientos entre empresas eran simulados y que el dinero que ingresaban en distintas cuentas procedía de los beneficios obtenidos con el negocio del club". También conocían la naturaleza de las actividades realizadas en los locales. Por estos hechos, se condena a los dos principales acusados por siete delitos contra la Hacienda Pública --cuatro por los ejercicios de 2006, 2007, 2008 y 2009 del impuesto de Sociedades y otros tres por los correspondientes a 2006, 2007 y 2009 por el IVA--. Se aplica la circunstancia que atenúa la pena de dilaciones indebidas por el tiempo transcurrido.

Se le impone a cada uno la pena de 14 años de prisión --dos años por cada uno de los delitos--; además del pago de multas con una cuantía total para cada uno de estos dos procesados de más de cinco millones de euros. Por estos delitos, deben indemnizar conjuntamente a Hacienda con las cuotas que se han declarado defraudadas. También se condena a estos dos por un delito doloso de blanqueo de capitales y se le impone dos años de cárcel y multa de 3.500.000 euros a cada uno, según la sentencia, adelantada por Diario 'SUR'. Además, se absuelve a una procesada por blanqueo --la exesposa del principal--, al no considerar probado que participara en los negocios ni supiera origen del dinero; y también a dos colaboradores de los delitos contra Hacienda Pública. Sí se condena a tres acusados --uno de ellos la entonces pareja de primer investigado-- por un delito doloso de blanqueo de capitales, imponiendo un año y medio de prisión a dos de ellos y seis meses de cárcel al tercero; misma pena esta última la que se impone a un cuarto procesado pero por un delito imprudente de blanqueo de capitales.

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